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RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2022, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Industriales.

Publicado el 15/07/2022 (Nº 136)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 131/2020, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2020 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 256, de 29 de diciembre de 2020), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el turno de promoción interna, 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Industriales.

1.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de personas aspirantes superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3.1. En la fase de concurso se valorarán como méritos los previstos en la base 8.2, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

1.3.2. La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los dos ejercicios es obligatoria para superar la fase de oposición.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo I a esta convocatoria.

1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (ubicación disponible en la siguiente página web www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion).

Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/oposiciones.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Estar incluidos en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero.

Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguna de las Escalas o Clases de Especialidad del Subgrupo A1 o A2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública, hallándose en este último caso incorporado al Sector de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de convocatoria pública.

Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en el Subgrupo profesional desde el que se promociona.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Ingeniero Industrial o el título de Máster que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establece la normativa vigente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.

2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre), que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/oposiciones.

3.2. Las personas aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática (https://www.aragon.es/tramites), de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública de acuerdo con lo especificado a continuación:

Las personas aspirantes deberán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción la utilización de DNI electrónico o un certificado digital de persona física emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/). Las personas aspirantes deberán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, y siendo requisito necesario identificarse y firmar electrónicamente. Para ello deberán disponer de un certificado electrónico en vigor o, alternativamente, cl@ve permanente (habilitada para firmar con cl@ve firma).

La presentación de solicitudes conlleva obligatoriamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refiere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.

Las personas aspirantes podrán manifestar en su solicitud la opción de realizar el primer ejercicio de la fase de oposición en una de estas tres localidades: Zaragoza, Huesca o Teruel.

3.4. Las solicitudes podrán ser presentadas en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.5. La tasa por derechos de examen será de 39,98 euros, cuyo pago se realizará telemáticamente según lo expresado en el apartado 3.a) de esta base.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen, o de encontrarse exento de su pago, determinará la exclusión del proceso selectivo.

3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.

Las personas que no hayan tenido ningún ingreso durante el período señalado en el apartado anterior, o cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.

Las circunstancias señaladas deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse online a través de la Oficina Electrónica de su página web www.inaem.aragon.es) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente. En el supuesto del apartado c) deberá aportarse declaración responsable, sin perjuicio de que la Administración pueda requerir a la persona interesada en cualquier momento del proceso para que acredite tales circunstancias.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.8. Una vez finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, las personas aspirantes que la hayan superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación del Acuerdo por el que se hacen públicos los nombres de las personas aspirantes que han superado la fase de oposición para aportar los méritos que deseen que les sean valorados. Con la publicación de la lista de personas aprobadas de la fase de oposición se determinará la forma de presentación de los méritos descritos.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se aprueba la relación provisional de las personas aspirantes admitidas y, en su caso, excluidas, indicando las causas de exclusión.

4.2. Las personas aspirantes excluidas o que no figuren en las listas habiendo presentado solicitud, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en ese mismo plazo.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.

4.3. La resolución conteniendo las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha Resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.

La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal se determinará mediante Resolución del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26, B- 50004 Zaragoza).

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 33.2 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el artículo 34 de la Ley 5/2021, de 29 de junio.

5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Estructura de las pruebas selectivas.

6.1. Fase de oposición:

Se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.1. "Supuestos generales" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).

6.2. Fase de concurso.

La fase de concurso no será eliminatoria, y las valoraciones que de ella resulten se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación total. No podrá aplicarse la puntuación de la fase de concurso para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fecha de realización del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.

7.3. Las personas candidatas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.

7.4. La presentación de alegaciones relativas al contenido de las pruebas, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de realización del ejercicio o de la publicación de la plantilla de respuestas correctas, en el caso de ejercicios de tipo test.

Las alegaciones del ejercicio tipo test, serán consideradas por el Tribunal en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas, y contestadas, con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla de respuestas modificada o, en su caso, de la calificación de la prueba.

En el supuesto de que las preguntas de reserva en el ejercicio tipo test llegasen a agotarse, y el número de preguntas válidas fuese menor de las inicialmente fijadas, el Tribunal realizará la adaptación correspondiente del valor de cada pregunta para adecuarla a la calificación máxima señalada en la base 8.1.

7.5. La presentación de solicitudes relativas a la revisión de exámenes realizados sólo se admitirá en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a que se publiquen las calificaciones del correspondiente ejercicio.

7.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia de la persona interesada.

7.7. El incumplimiento de cualquier aspirante de las bases de la convocatoria o de las instrucciones dadas por el Tribunal para el desarrollo de cualquiera de los ejercicios podrá comportar la anulación del ejercicio correspondiente de dicha persona aspirante mediante Acuerdo del Tribunal adoptado al efecto.

8. Calificación.

8.1. Fase de oposición:

Para la calificación de los ejercicios, se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.1. "Supuestos generales" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).

Una vez finalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado todos los ejercicios.

8.2. Fase de concurso:

Los méritos alegados por las personas aspirantes, y que resulten debidamente acreditados, se valorarán a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al baremo establecido en la Orden HAP/1861/2018, de 25 de octubre, por la que se establece el baremo de la fase de concurso de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 229, de 27 de noviembre de 2018).

8.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios, más la del concurso.

8.4. Concluido el concurso y los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal calificador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará pública la lista de personas aprobadas por orden de puntuación, sin que el número total de personas aspirantes seleccionadas pueda rebasar el de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios primero y segundo.

Si hubiera empate en la puntuación de los ejercicios, se atenderá a la puntuación obtenida en fase de concurso y, si persistiera el empate, se atenderá al mayor tiempo de servicios prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. De persistir el empate, se atenderá al mayor tiempo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

Como criterio residual de desempate, regirá lo dispuesto en la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 70, de 11 de abril de 2022).

9. Presentación de documentos.

9.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la lista de personas aprobadas en el concurso-oposición, aquellas que figuren en ellas deberán aportar ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria. Estos documentos son:

Fotocopia compulsada del título a que se refiere la base 2.1.f) o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquél título.

Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas mutuas de reconocimiento de titulaciones.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

9.2. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados como personal funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.

10. Nombramiento de personal funcionario de carrera.

Concluido el proceso selectivo, las personas candidatas que lo hubiesen superado, serán nombradas como persona funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Industriales.

11. Disposiciones finales.

11.1. Al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, será de aplicación, en este proceso, lo establecido en la Orden HAP/11/2019, de 18 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 6 de noviembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 19 de octubre de 2018, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se establecen medidas para garantizar la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres en relación con el acceso al empleo público.

11.2. El orden de actuación comenzará con la primera persona aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "K", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 31 de marzo de 2022 ("Boletín Oficial de Aragón", número 70, de 11 de abril de 2022).

11.3. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por Decreto 129/2020, de 23 de diciembre; y en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11.4. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:

Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación en el procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Zaragoza, 4 de julio de 2022.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR

I

PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE FUNCIONARIOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, ESCALA FACULTATIVA SUPERIOR, INGENIEROS INDUSTRIALES

Programa de materias específicas. Escala Facultativa Superior. Ingenieros Industriales.

1. El mercado interior de la UE: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior y su trasposición al derecho español. Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

2. Ayudas de Estado: concepto y compatibilidad con el mercado común. Requisito de notificación a la Comisión y casos de exención por categoría. Normativa comunitaria reguladora de las ayudas horizontales y sectoriales. Directrices comunitarias de salvamento y reestructuración.

3. La Política Regional y sus instrumentos: Fondos Comunitarios. Programación, evaluación y comunicación.

4. Las políticas comunitarias que inciden en la industria. Especial referencia a la política industrial y energética.

5. Política y programas de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la UE.

6. Marco Europeo Estratégico. Prioridades, objetivos e iniciativas emblemáticas para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Nuevas estrategias.

7. Reglamento europeo relativo al registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).

8. El mercado de trabajo en España y en Aragón: evolución reciente y estructura sectorial. Especial referencia al sector industrial.

9. Análisis de coyuntura económica. Principales indicadores. Estructura productiva. Especial referencia al sector industrial. Encuesta de coyuntura industrial e índice de clima industrial.

10. Los procesos de modernización de las Administraciones Públicas. La Administración al servicio del ciudadano: la gestión de la calidad. Cartas de Servicios en el ámbito de la Administración. Planes de inspecciones.

11. El sector público empresarial. Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Papel del sector público en la economía. Corporación Empresarial Pública de Aragón.

12. Los estímulos a la creación de empleo y la inversión. Legislación relativa a incentivos regionales y corrección de desequilibrios económicos interterritoriales, y en materia de ayudas y subvenciones.

13. La protección de la propiedad industrial como instrumento de fomento de la innovación. Legislación en materia de protección industrial. La Oficina Española de Patentes y Marcas.

14. Política y planificación energética. Plan Energético de Aragón.

15. La política de ahorro y eficiencia energética. Fomento de las energías renovables y nuevas tecnologías energéticas. Estrategias y Planes.

16. Legislación básica del Sector Eléctrico. Ley del Sector Eléctrico y principales desarrollos normativos.

17. La política de hidrocarburos líquidos y gaseosos en España. Ley de Hidrocarburos.

18. La política de investigación y transferencia de conocimiento en España y en Aragón. Planes Autonómicos de Investigación en Aragón. Especial referencia al sector industrial.

19. La política de innovación y la promoción industrial. RIS3 Aragón: Estrategia de investigación e innovación para una especialización inteligente. El sistema de investigación e innovación en Aragón e instrumentos de apoyo.

20. Fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España. Agenda digital para España, objetivos y planes. Planes estratégicos en la C.A. de Aragón en tecnologías de la información y la comunicación.

21. La política de apoyo a las pequeñas y medianas empresas. Estrategia aragonesa de Competitividad y Crecimiento.

22. Bases de ordenación del sector industrial: Normativa estatal y autonómica en materia de Industria y de regulación y fomento de la actividad industrial. El Consejo de Industria de Aragón.

23. La reindustrialización de la economía y el estímulo al emprendimiento. Principales instrumentos de apoyo al emprendedor. Especial referencia a Aragón.

24. Legislación sobre productos e instalaciones industriales.

25. La globalización de los mercados y la internacionalización de la industria española. El Comercio exterior e interior. Especial referencia al sector industrial.

26. La política turística. Perspectivas de futuro. Especial referencia a su desarrollo en Aragón.

27. Análisis y estructura de la empresa aragonesa. Dimensión, distribución sectorial y empleos. Comparativa con la empresa española.

28. La industria española y la industria aragonesa. Evolución y análisis de las principales variables industriales. Estructura sectorial.

29. Factores determinantes de la localización industrial, especialmente los referidos a Aragón.

30. Dimensión empresarial y competitividad industrial: claves para el desarrollo y la competitividad de la pyme. Iniciativas para potenciar la creación, el desarrollo y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas (Small Business Act).

31. Aspectos jurídicos básicos de la empresa. Clases de empresas según su forma jurídica. El Registro Mercantil.

32. Análisis económico, financiero y patrimonial de la empresa. Estructura financiera y fuentes de financiación.

33. Fiscalidad en la empresa. Impuesto sobre sociedades. Impuesto sobre el valor añadido. Impuestos especiales. Tasas. Otras figuras impositivas que afectan a la actividad empresarial.

34. La insolvencia de la empresa. La declaración de concurso: clases y efectos. La administración concursal. El convenio o la liquidación.

35. La dirección estratégica en la empresa. Análisis externo e interno.

36. La organización en la empresa. Gestión de personas. Principios básicos. Modelos organizativos. La Responsabilidad Social Empresarial.

37. Planes y proyectos de inversión. Criterios de decisión y priorización. Estudios de viabilidad.

38. La calidad en la empresa. Sistema de gestión de calidad. Certificación y auditorías.

39. La productividad. La programación del trabajo y de la producción. Metodología.

40. Las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) aplicadas a la empresa. Los servicios online de la empresa: marketing online, venta online, soporte a clientes. Gestión interna de la empresa y facturación electrónica. Internet de las cosas aplicado a la producción.

41. La investigación y el desarrollo tecnológico y la innovación en la empresa. Factores clave de competitividad. Financiación de la I+D+i.

42. El mantenimiento en la empresa. Tipos de mantenimiento. La gestión del mantenimiento integral óptimo de la empresa.

43. La gestión medioambiental en la empresa. Sistemas y normas de gestión ambiental. Etiqueta ecológica. Auditorías ambientales.

44. El medio ambiente y el sistema económico. Costes ecológicos y costes sociales. Nuevas tendencias. La Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible.

45. Política y marco jurídico medioambiental en la UE y en España: legislación básica general. Autorización Ambiental Integrada.

46. Requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía. Indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía.

47. Política y marco jurídico medioambiental en Aragón. Gestión, distribución de competencias y sus relaciones con las competencias estatales y municipales.

48. Protección del ambiente atmosférico. Legislación. Efecto invernadero y cambio climático. Contaminación atmosférica de origen industrial y su corrección.

49. Contaminación de las aguas y su corrección. Protección del dominio público hidráulico. Legislación.

50. Contaminación de suelos y residuos, su prevención y minimización. Legislación aplicable. Planes nacionales y regionales. El plan de gestión integral de residuos de Aragón. Producción y gestión de residuos. Descontaminación de suelos.

51. Residuos radiactivos y mineros. Régimen jurídico y regulación legal.

52. Contaminación por ruidos y vibraciones. Efectos y control. Normativa aplicable.

53. La evaluación ambiental. Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Licencia ambiental de actividades clasificadas. Régimen jurídico y regulación legal.

54. Normalización, homologación y certificación de productos industriales. Marco común para la comercialización de los productos en la Unión Europea. Requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos. Aplicación de determinadas normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro.

55. Metrología legal. Objeto y reglamentación aplicable.

56. Infraestructura para la calidad y la seguridad industrial (I). Infraestructura común. Infraestructura acreditable para la calidad.

57. Infraestructura para la calidad y la seguridad industrial (II). Infraestructura acreditable para la seguridad industrial. Organismos de control, naturaleza y finalidad, regulación en Aragón.

58. Seguridad industrial (I). La homologación de vehículos, sus partes y piezas en la Unión Europea y su incorporación al ordenamiento jurídico español. Procedimientos de homologación.

59. Seguridad industrial (II). Tramitación de las reformas de vehículos. Inspección técnica de vehículos.

60. Seguridad industrial (III). Vehículos de transporte, envases y embalajes, grandes recipientes para granel, grandes embalajes y contenedores a granel para el transporte de mercancías peligrosas por carretera. Instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, y de reparación o modificación de cisternas de mercancías peligrosas.

61. Seguridad industrial (IV). Vehículos para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada.

62. Seguridad industrial (V). Alta tensión.

63. Seguridad industrial (VI). Frío industrial. Instalaciones de suministro de agua.

64. Seguridad industrial (VII). Instalaciones térmicas en los edificios. Eficiencia energética de los edificios y certificación de eficiencia energética.

65. Seguridad industrial (VIII). Gases combustibles.

66. Seguridad industrial (IX). Almacenamiento de productos químicos.

67. Seguridad industrial (X). Baja tensión.

68. Seguridad industrial (XI). Aparatos elevadores.

69. Seguridad industrial (XII). Equipos a presión.

70. Seguridad industrial (XIII). Instalaciones de protección contra incendios. Establecimientos industriales y otras edificaciones.

71. Seguridad industrial (XIV). Reglamento sobre Instalaciones nucleares y radiactivas. Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico. Gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos.

72. Seguridad industrial (XV). Reglamentos de instalaciones petrolíferas y legislación de aplicación.

73. Prevención de riesgos laborales y salud laboral. La organización y planificación de la seguridad.

74. Sistema de protección civil en Aragón. Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

75. El Sector Eléctrico: generación, transporte, distribución y comercialización.

76. El sector de hidrocarburos líquidos: exploración, producción, refino, transporte y distribución.

77. El sector del gas. Actividades de exploración, producción, transporte, y distribución y comercialización.

78. Las energías renovables: eólica, solar, biomasa, minihidráulica, etc. Hidrógeno. Cogeneración eléctrica. Situación en Aragón.

79. El sector nuclear. Organización administrativa. Centrales nucleares. Primera y segunda parte del ciclo del combustible nuclear. Instalaciones radioactivas.

80. El sector minero. Sectores. Regulación básica de seguridad y medioambiental.

81. La industria de automoción: vehículos, componentes y auxiliar.

82. El sector de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) en Aragón. Estructura demográfica del sector en Aragón. Subsectores. Evolución. Empleo TUC en Aragón.

83. El sector químico. Industria química básica y transformadora. La química fina: la industria farmacéutica.

84. Las industrias siderúrgica y metalúrgica. La industria de transformados metálicos. El sector de electrodomésticos.

85. El sector del transporte y la logística. Tipos de infraestructuras. Especial referencia a la logística de la empresa industrial. Infraestructuras logísticas en Aragón.

86. La industria agroalimentaria: alimentación y bebidas. Procesos fundamentales de producción y conservación.

87. El sector de bienes de equipos mecánicos y eléctricos. La industria de máquina herramienta.

88. El sector de la biotecnología y la nanotecnología. Influencia en otros sectores industriales.

89. La industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.

90. Los servicios a empresas. Las empresas de ingeniería, consultoría y asistencia técnica. Mantenimiento y manutención. Los servicios tecnológicos: centros tecnológicos, laboratorios de certificación, etc.