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EXTRACTO de la Orden CUS/942/2022, de 17 de junio, por la que se convocan subvenciones de apoyo al software libre dirigidas a microempresas y trabajadores autónomos.

Publicado el 29/06/2022 (Nº 124)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 633211

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/633211).

Primero.- Personas beneficiarias.

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las microempresas y trabajadores/as autónomos cuyo objeto social o actividad corresponda al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón.

No podrán concurrir a esta misma convocatoria los autónomos que sean empleados o socios en una empresa y dicha empresa, inadmitiéndose las solicitudes de ambos.

Segundo.- Objeto.

Subvencionar la realización de desarrollos de software en código abierto que se liberen de acuerdo con alguno de los tipos de licencia existentes (EUPL, APv2, etc) que incluya la publicación del código fuente de forma pública y abierta. Dichos desarrollos deben consistir en pequeñas aplicaciones completas que tengan como base los datos abiertos ofrecidos en Aragón Open Data.

En cualquier caso, las actuaciones objeto de la subvención deberán estar disponibles en un repositorio público de software de fuentes abiertas (Github o similar), y deberán permanecer en dicho repositorio un tiempo mínimo de dos años una vez terminada la actuación.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 146, de 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, modificadas mediante Orden IIU/478/2018, de 13 de marzo, Orden IIU/1926/2018, de 22 de noviembre, Orden IIU/429/2019, de 12 de abril, y Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicadas, respectivamente, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 22 de marzo de 2018; número 236, de 7 de diciembre de 2018; número 86, de 7 de mayo de 2019, y número 96, de 5 de mayo de 2021.

El texto resumido de las bases con sus modificaciones se publicó como anexo en la mencionada Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicada el 5 de mayo de 2021.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima prevista para esta convocatoria es de 30.000 euros. La cuantía individualizada de la subvención podrá ser como máximo de 6.000 euros por persona o entidad beneficiaria. Solo se subvencionará una actuación por persona o entidad beneficiaria.

El importe de la subvención se determinará de acuerdo con los componentes de la aplicación, sumando en función de sus características los importes que correspondan, de los siguientes:

Módulo Importe de subvención Unidad

Entrada de datos 991,44 € Por cada colección de datos de entrada

Interface de usuario 1.982,88 € Por cada interface de usuario

Proceso de tratamiento de la información 2.974,32 € Uno por aplicación

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 17 de junio de 2022.- La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, María Eugenia Díaz Calvo.