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DECRETO 49/2013, de 2 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013 de personal docente no universitario.

Publicado el 08/04/2013 (Nº 67)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme al artículo 73 de su Estatuto de Autonomía, según redacción dada por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, incluyendo la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollan.

En ejercicio de las competencias de ejecución asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, y en el marco de lo previsto por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, procede aprobar la Oferta de Empleo Público de personal docente.

El Gobierno de Aragón, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de la Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo, de 19 de febrero, aprueba la oferta anual de empleo público, en la que deben incluirse las plazas dotadas cuya provisión se considere necesaria durante el ejercicio presupuestario para el adecuado funcionamiento de los servicios y que, hallándose vacantes, no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes en la Comunidad Autónoma.

La especial estructura organizativa del procedimiento de provisión de plazas en el sistema educativo, aconseja proceder a la aprobación independiente de la oferta de empleo relativa a plazas pertenecientes a Cuerpos de personal docente no universitario con el fin de ajustar el desarrollo de tales procesos selectivos a las propias necesidades de funcionamiento de los servicios educativos.

Por otra parte, se informa que la Oferta de Empleo Público propuesta respeta en todo momento las tasa de reposición del 10%, regulada en el artículo 23 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en lo relativo al personal docente no universitario.

Por lo que respecta a la tramitación para la aprobación de la Oferta de Empleo Público, se informa que ha sido vista en la Mesa Sectorial de Educación celebrada el día 7 de marzo de 2013, considerándose de esta forma realizado el trámite de audiencia e información pública, al tratarse de un proyecto de decreto que afecta al personal docente, las Organizaciones Sindicales de los citados trabajadores tiene suficiente reconocimiento legal y social para aglutinar los intereses del personal docente.

Por otra parte, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, no es necesaria la emisión de informe de la Comisión Interdepartamental de la Función Pública, puesto que el proyecto de decreto afecta únicamente a la ordenación y gestión del personal docente no universitario.

En su virtud, realizados trámites preceptivos de negociación, a iniciativa de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y a propuesta del Consejero de Hacienda y

Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 2 de abril de 2013,

DISPONGO:

Artículo primero. Aprobación de la oferta de empleo público de personal docente.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2013, correspondiente a personal docente no universitario, en los términos que se establecen en el presente Decreto.

2. Las necesidades de personal docente, derivadas de la singularidad de la estructura del empleo en este ámbito y de la ejecución de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, hacen conveniente la aprobación independiente de su oferta de empleo.

3. Corresponde al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y en el Cuerpo de Inspectores de Educación, con el número y distribución de plazas previstas en el anexo del presente Decreto.

Artículo segundo. Personas con minusvalía.

1. Del total de plazas ofertadas se reservará un 7 por 100 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía, que deberán acreditar una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2. Las plazas reservadas a personal con minusvalías que no resulten cubiertas se acumularán a las ofrecidas para su posible adjudicación al resto de los candidatos.

Artículo tercero. Participación en las convocatorias.

Los modelos de solicitud para participar en los procedimientos de ingreso, así como los sistemas de abono de los derechos de examen, serán establecidos en la correspondiente convocatoria.

Disposición final primera. Desarrollo de los procesos selectivos.

Los procesos selectivos correspondientes a las plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo Público serán convocados, tramitados y resueltos por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 2 de abril de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JOSÉ LUIS SAZ CASADO