ORDEN AGM/1698/2019, de 15 de noviembre, por la que se aprueba la declaración de utilidad pública del monte número TE-1001 del Elenco de Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, denominado "Riberas del río Martín", situado en el término municipal de Albalate del Arzobispo, y su inclusión en el catálogo de Teruel con el número 441.
Visto el expediente para la declaración de utilidad pública del monte "Riberas del río Martín", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Albalate del Arzobispo, y su inclusión en el catálogo de Teruel, resultan de él los siguientes:
Antecedentes
Por Orden DRS/329/2019, de 14 de marzo, se declara la caducidad del expediente de declaración de utilidad pública del monte número TE-1001 del elenco de propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, denominado "Riberas del río Martín", situado en el termino municipal de Albalate del Arzobispo y su inclusión en el Catalogo de Teruel con el número 437.
Con fecha 24 de julio de 2019, la Sección de Defensa de la Propiedad redacta la memoria para la declaración de utilidad pública del monte denominado "Riberas del río Martín", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Albalate del Arzobispo (Teruel), formado por el monte número TE-1001 del Elenco de Propios de la Comunidad Autónoma de Teruel y su subsiguiente inclusión en el Catálogo de Teruel, donde se describe el monte y la superficie objeto de declaración de utilidad pública.
Con fecha 24 de julio de 2019, y a la vista de la propuesta formulada por la Unidad de Gestión Forestal, el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel acuerda el inicio del expediente de declaración de utilidad pública.
Con fecha 1 de agosto de 2019, el Subdirector Provincial de Medio Ambiente del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel comunica el acuerdo de inicio del expediente a la Jefa de Unidad de Gestión Forestal, al Delegado Provincial del Instituo Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante INAGA) en Teruel y al Jefe de Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y Administración Pública-D.G.A. (Zaragoza).
Con fecha 1 de agosto de 2019, el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel comunica mediante oficio el acuerdo del inicio del expediente e informa del plazo para la Resolución del procedimiento tanto al Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo como a la Confederación Hidrográfica del Ebro.
El expediente se somete a información pública, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 155, de 8 de agosto de 2019.
La vista del expediente se comunica, mediante oficios de fecha 9 de agosto de 2019, al Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo (Teruel) y a la Comarca del Bajo Martín, para la exposición del edicto en el tablón de anuncios de ambas entidades locales. Con la misma fecha se remite oficio a la Confederación Hidrográfica del Ebro. También se comunica a aquellos particulares (en total 6) titulares de parcelas catastrales en las que se ha observado un error gráfico en las mismas ya que no coinciden con el límite del monte propuesto basado en el acta de estimación de riberas probables del Río Martín a su paso por el término municipal de Albalate del Arzobispo aprobado por Orden del Excelentísimo Señor Ministro de 3 de diciembre de 1955 ("Boletín Oficial del Estado", número 6, de 6 enero de 1956).
Con fecha 12 de septiembre de 2019, se publica en el "Boletín Oficial del Estado", número 219, notificación de la vista del expediente a aquellos particulares a los que no se fue posible realizar la notificación personal, en total 1, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con fecha 7 de octubre de 2019, se recibe escrito del Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo (Teruel) en el que el Secretario certifica que el anuncio ha estado expuesto en el tablón de anuncios de ese Ayuntamiento durante el plazo de 20 días hábiles, desde el día 9 de agosto de 2019 al día 6 de septiembre de 2019 sin que durante el plazo señalado se hayan presentado alegaciones por ningún interesado contra el mencionado expediente.
Con fecha 11 de octubre de 2019, mediante procedimiento telemático, se recibe escrito de la Comarca del Bajo Martín en el que la Secretaria certifica que el anuncio ha sido expuesto en el tablón de anuncios de esa corporación durante el plazo de veinte días desde la recepción de la notificación, concretamente desde el día 13 de agosto de 2019 hasta el 8 de octubre de 2019.
Décimo primero.- Con fecha 11 de octubre de 2019, la Secretaria del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, emite certificado en el que queda reflejado que durante el periodo de audiencia y vista no se presentó ninguna alegación.
Décimo segundo.- El Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Teruel, con fecha 23 de octubre de 2019, emite Informe-Propuesta favorable a la aprobación del expediente de declaración de utilidad pública del monte y su inclusión en el Catálogo de Teruel y eleva el expediente, mediante nota de fecha de 28 de octubre de 2019, para su Resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado en el expediente.
Fundamentos jurídicos
Mediante la propuesta técnica redactada por el Ingeniero Técnico Forestal, David Sorando Izquierdo ha quedado debidamente acreditada la utilidad pública del monte, de acuerdo a los apartados a), b), d), e), j) y k) del artículo 13 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón.
Durante el trámite de exposición pública no se presentó ninguna reclamación.
El expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente, y en concreto con lo dispuesto para las declaraciones de utilidad pública en el artículo 24 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril y por la Ley 21/2015, de 20 de julio, y en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962, y en artículo 13 del Texto refundido de la Ley Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio. Por todo cuanto antecede, se puede proceder a dictar la Orden resolutoria.
Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Montes de Aragón, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.
De conformidad con el Informe-Propuesta del Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y a propuesta del Director General del Medio Natural y Gestión Forestal, y haciendo uso de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su reunión de 31 de enero de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril), en lo que se refiere a la declaración de utilidad pública de montes, resuelvo:
Declarar la utilidad pública del monte denominado "Riberas del Río Martín", y ordenar la inclusión de sus datos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Teruel, con las características siguientes:
Provincia: Teruel.
Número del Catálogo: 441.
Nombre: "Riberas del Río Martín".
Término Municipal: Albalate del Arzobispo.
Comarca: Bajo Martín.
Partido Judicial: Alcañiz (antes Híjar).
Espacios naturales: LIC "Parque Cultural del Río Martín" (ES2420113) (100% del monte) y ZEPA "Desfiladeros del Río Martín" (ES0000303) (100% del monte).
Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.
Especies principales que lo pueblan: Populus x canadensis y Salix ssp.
Cabidas:
Cabida Pública: 33,49 ha.
- Perímetro 1: Este del río: 14,33 ha.
- Perímetro 2: Oeste del río: 19,16 ha.
Cabida de los enclavados: No existen.
Cabida total: 33,49 ha.
Límites:
Perímetro 1: Este del río:
- Norte: Piscina municipal.
- Sur: Canal de riegos denominada "La Canal" sobre el río Martín.
- Este: Propiedades particulares.
- Oeste: río Martín.
Perímetro 2: Oeste del río:
- Norte: Parque público.
- Sur: Canal de riegos denominada "La Canal" sobre el río Martín.
- Este: río Martín.
- Oeste: Propiedades particulares.
Otras características:
- Registro de la Propiedad: Originalmente, el monte fue inscrito en el Registro de la Propiedad de Híjar a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón como monte del Elenco número TE-1001 denominado "Riberas del Río Martín", situado en el término municipal de Albalate del Arzobispo como inscripción 1.ª de la finca 5.385 de Albalate del Arzobispo, tomo 289, libro 31, folio 250 de fecha 20 de noviembre de 1976 y 2.ª inscripción de fecha 14 de marzo de 1991. Con posterioridad, por Decreto 165/1994, de 12 de julio, de la Diputación General de Aragón, se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Aragón de varias fincas, incorporándose al monte TE-1001 la finca 2.149, tomo 159, libro 15, folio 211 situada en el término municipal de Albalate del Arzobispo.
- Referencias catastrales: las parcelas catastrales que componen el monte de utilidad pública, con respecto al catastro vigente en 2019 son las que se muestran en el anexo I.
Servidumbres y cargas:
- Las usuales de paso por caminos públicos que dan acceso a fincas colindantes y pasos de ganado.
- Las derivadas de la Ley de vías Pecuarias. Las vías pecuarias del término municipal Albalate del Arzobispo se encuentran sin clasificar, no obstante de los datos que obran en este Servicio Provincial existe un paso de ganado que cruza el monte en colindancia con las parcelas catastrales 149 y 161 del polígono 52 y las parcelas 80 y 500 del polígono 55. Pudieran existir otras vías pecuarias cuyo trazado se desconoce, lo cual no prejuzga su inexistencia.
- Las derivadas de la Ley de Aguas en lo que se refiere al río que recorre el monte. En concreto las referentes a la zona de dominio público hidráulico en general y a las de servidumbres (5 metros) y policía (100 metros) en relación con las márgenes.
- Servidumbre a favor del Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo de los terrenos ocupados por las tuberías de agua potable de la red de suministro municipal que discurren por la margen Este del monte.
Atendiendo a lo que disponen el artículo 69 del vigente Reglamento de Montes, y el artículo 18.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril y por la Ley 21/2015, de 20 de julio, ordenar la inscripción del monte en el Registro de la Propiedad.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 15 de noviembre de 2019.
El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,
JOAQUÍN OLONA BLASCO