RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se designa a los miembros que van a formar parte del Tribunal en el proceso selectivo convocado por Resolución de 26 de noviembre de 2020, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Medicina Nuclear en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre.
De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de la Resolución de 26 de noviembre de 2020, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 251, de 21 de diciembre de 2020, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:
Único.- Designar a los siguientes miembros que van a formar parte del Tribunal que ha de juzgar el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista de Área de Medicina Nuclear:
Titulares:
Presidente: D. Juan Ramón Portillo del Olmo.
Secretaria: D.ª María Antonia Quintana Cortijo.
Vocal 1.º : D.ª María Leticia de la Cueva Barrao.
Vocal 2.º : D. Enrique Prats Rivera.
Vocal 3.º : D. Alejandro Andrés Gracia.
Vocal 4.º : D.ª María Soledad Álvarez Ruiz.
Vocal 5.º : D.ª Ana Leticia Tardín Cardoso.
Suplentes:
Presidente: D. Ángel Manuel Royo Sarto.
Secretaria: D.ª Mercedes Domingo Gimeno.
Vocal 1.º : D.ª Paula Razola Alba.
Vocal 2.º : D.ª María Montserrat Delgado Castro.
Vocal 3.º : D. Pablo Navarro Beltrán.
Vocal 4.º : D.ª Elisa Caballero Calabuig.
Vocal 5.º : D.ª Juan Carlos Alonso Farto.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para ingreso en la misma categoría estatutaria en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 14 de junio de 2021.
El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,
JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO