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RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2023, de los Directores Generales de Salud Pública y de Trabajo, Autónomos y Economía Social, por la que se realiza la convocatoria de 2023 para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

Publicado el 02/02/2023 (Nº 22)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

La Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo, de los Departamentos de Sanidad y de Economía, Planificación y Empleo, ha regulado el funcionamiento de la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

La RAES la constituyen aquellas empresas integradas en la Red que han manifestado su interés en implementar en su organización proyectos tendentes a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida sanos en ambientes favorables a la salud. Asimismo, la Red proporciona una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre las empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

La citada Orden establece, en su artículo 7, que las empresas interesadas en la integración en la RAES y que cumplan los criterios establecidos, podrán solicitar dicha integración conforme al modelo y en los plazos señalados en las convocatorias que se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón".

Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo, de los Departamentos de Sanidad y de Economía, Planificación y Empleo, por la que se regula el funcionamiento de la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES), y de acuerdo a las competencias atribuidas por el artículo 14.1.c) del Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, que determina que corresponde a la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social "la prevención de riesgos laborales, comprendiendo en todo caso, la promoción de la seguridad y salud laboral, la formación y el diseño y ejecución de planes y acciones para combatir la siniestralidad laboral y mejorar la seguridad y salud laboral de las personas trabajadoras (...)", así como por el artículo 8 del Decreto 122/2020, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, en el que se atribuye a la Dirección General de Salud Pública, las actuaciones en salud laboral, según lo previsto por la Ley de Salud Pública de Aragón, se resuelve:

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene como objeto efectuar la convocatoria de apertura del plazo de solicitud para la integración en la Red Aragonesa de Empresas Saludables de aquellas empresas que lo soliciten y que cumplan los criterios establecidos en la normativa reguladora de la misma.

Segundo.- Destinatarios.

Conforme a lo previsto en el artículo 1.3 de Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo, por la que se regula el funcionamiento de la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES), podrán solicitar la integración tanto microempresas, pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

Tercero.- Características de los proyectos.

Junto a las características que con carácter general se definen en el artículo 4 de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo, el proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

1. Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.

2. Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.

3. Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.

4. Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados.

5. Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón que figuran en el anexo de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo.

Cuarto.- Procedimiento de presentación de la solicitud de integración.

1. La solicitud debe realizarse mediante tramitación electrónica tal como establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo ser la solicitud firmada electrónicamente utilizando cualquiera de los sistemas de firma electrónica aplicables en Aragón y disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://aragon.es/tramites).

Las solicitudes se dirigirán a la dirección general competente en materia de trabajo presentándose obligatoriamente por medios electrónicos, conforme al modelo específico que se genera por la herramienta Tramitador on line, disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/adhesion-red-aragonesa-empresas-saludables/ o incluyendo en el buscador de trámites del Gobierno de Aragón https://aragon.es/tramites el procedimiento número 2368 "Adhesión a la Red aragonesa de empresas saludables". A la solicitud se adjuntarán, desde la propia herramienta, los documentos que se relacionan en formato pdf.

Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las solicitudes se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro.

Para la presentación de la solicitud, el interesado deberá disponer de cualquiera de los sistemas de firma electrónica aplicables en Aragón, disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, https://aragon.es/tramites.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el caso de que la solicitud no reúna los requisitos o falte documentación necesaria, el Equipo Coordinador de la RAES requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la solicitud o acompañe la documentación que se le indique a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto, de acuerdo al artículo 68.1 de dicha Ley. El requerimiento se realizará a través del Servicio de Notificaciones Electrónicas del Gobierno de Aragón, disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de Aragón en el enlace https://www.aragon.es/tramites/notificaciones-electronicas. La Administración enviará un aviso a la dirección de correo electrónico del interesado que éste haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica citada. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida, de conformidad con el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En virtud de lo previsto en el artículo 43.2 de dicha Ley, las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido. No obstante, si transcurridos diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación no se accede a su contenido, dicha notificación se entenderá rechazada, dando por efectuado el trámite correspondiente y siguiéndose el procedimiento, al amparo de lo establecido en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En todo caso el Equipo Coordinador de la RAES podrá solicitar la documentación adicional que considere oportuna para la valoración del proyecto.

3. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación, a presentar por el citado procedimiento electrónico es:

Diploma acreditativo de la adhesión a la Declaración de Luxemburgo.

Declaración empresarial de compromiso con la promoción de la salud en el lugar de trabajo y compromiso de compartir buenas prácticas saludables, firmado por la dirección y los representantes de los trabajadores.

Memoria única del proyecto o proyectos saludables implementados en la organización utilizando el modelo incluido dentro del trámite, firmado electrónicamente.

Asimismo, se formulará declaración responsable que incluirá la inexistencia de sanciones muy graves y firmes por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los dos últimos años en materia de prevención de riesgos laborales, así como por parte de las Inspecciones Sanitarias.

4. No será necesario aportar aquellos documentos que hayan sido aportados por el interesado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este caso, deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo los presentó, utilizando a dichos efectos el apartado específico reservado en el formulario de solicitud.

5. La persona interesada es la responsable de la veracidad de los datos y documentos que presente. Tiene el deber de custodia de los originales de los documentos sobre los que aporte copia digitalizada. Con la firma electrónica de la solicitud declara la fidelidad de las copias aportadas con sus originales. La Administración podrá requerirle en cualquier momento de la tramitación del procedimiento la presentación de los documentos originales a efectos de su cotejo con la copia presentada.

Quinto.- Presentación de documentos durante la tramitación del procedimiento.

La aportación de documentos y realización de alegaciones durante la tramitación del procedimiento, una vez iniciado éste y de acuerdo con lo establecido en esta Resolución, se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración Pública de Aragón, accediendo al servicio digital de aportación de documento a procedimientos en trámite, a través de la dirección: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/identificacion/2368 concretando como órgano destinatario la dirección general competente en materia de trabajo, y en la descripción hacerse referencia al procedimiento número 2368 "Adhesión a la Red aragonesa de empresas saludables".

Sexto.- Incidencias técnicas en la presentación de la solicitud.

En el supuesto de que el último día del trámite concurran incidencias técnicas que impidan la presentación electrónica de la solicitud y documentación, tal y como se ha referido en el apartado cuarto de esta Resolución, únicamente en ese mismo día se podrá presentar en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o por registro presencial. En este caso, no se ampliará el plazo de tramitación y el órgano administrativo encargado de la tramitación podrá realizar las comprobaciones oportunas.

En el caso de que las incidencias técnicas se produjeran a lo largo del plazo de presentación de la solicitud y fueran reiteradas, el órgano administrativo responsable podrá ampliar el plazo publicándose el nuevo plazo en la sede electrónica.

Séptimo.- Compromisos de las empresas seleccionadas.

1. Las empresas u organizaciones seleccionadas se comprometen a:

Permanecer en la Red un periodo mínimo de dos años.

Recibir asesoramiento individualizado y seguimiento por parte del equipo coordinador de la RAES/por parte del personal técnico de la Dirección General competente en materia de salud pública y del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

Participar en las actividades de formación e intercambio de experiencias que se organicen por la RAES.

Facilitar la información sobre los proyectos que se soliciten a efectos de seguimiento de los mismos.

Compartir las experiencias y, en su caso, los materiales que se elaboren en el proyecto con otras empresas de la Red.

Adaptarse a los criterios de calidad de los proyectos que se definan en la RAES.

Cumplimentar y enviar la información periódica solicitada desde el Equipo Coordinador de la RAES.

2. Estos compromisos se asumirán mediante declaración responsable en la solicitud que se presente.

Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la presente Resolución.

Noveno.- Resolución de las solicitudes presentadas.

1. Las solicitudes serán resueltas, en el plazo de 3 meses a partir de la fecha límite de presentación de solicitudes, por las direcciones generales competentes en materia de salud pública y trabajo, de acuerdo a la facultad otorgada en el artículo 7.5 de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo, a propuesta del Equipo Coordinador de la RAES, tras la valoración de las solicitudes presentadas y la documentación acompañante a las mismas.

2. La Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Gobierno de Aragón.

Décimo.- Régimen de recursos.

Contra la resolución de la solicitud para la integración en la Red Aragonesa de Empresas Saludables, que no agota vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Planificación y Empleo o ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de publicación.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Planificación y Empleo o ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de enero de 2023.

El Director General de Salud Pública,

FRANCISCO JAVIER FALO FORNIÉS

La Directora General de Trabajo, Autónomos y Economía Social,

SOLEDAD DE LA PUENTE SÁNCHEZ