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CORRECCIÓN de errores de la Orden AGM/21/2023, de 16 de enero, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la financiación de actuaciones de conservación de la biodiversidad en los espacios Red Natura 2000, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 01/02/2023 (Nº 21)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Advertido un error en el punto 1 del apartado noveno de la Orden de referencia, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 15, de 24 de enero de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el punto 1 del apartado noveno, donde dice:

Noveno. Cuantía de la ayuda.

1. La subvención por actuación es del 100% de los valores de inversión reales, con los siguientes límites:

Cada solicitante solo puede realizar una única solicitud. En el caso de que un solicitante presente más de una solicitud sólo se atenderá a la presentada en último lugar por fecha de registro, desestimándose las otras, previa resolución del órgano concedente, salvo que exista renuncia expresa a las anteriores por parte del solicitante.

La subvención máxima por solicitud es de 200.000 €, si bien este límite podrá peperarse en caso de que, una vez admitidas y valoradas todas las solicitudes recibidas de acuerdo con este criterio, exista aún presupuesto disponible no asigna.o.

La inversión mínima por solicitud es de 20.000 €."

Debe decir:

"Noveno. Cuantía de la ayuda.

1. La subvención por actuación es del 80%, salvo para entidades locales aragonesas y entidades sin ánimo de lucro, para las que la subvención por actuación es del 100% de los valores de inversión reales, con los siguientes límites:

Cada solicitante solo puede realizar una única solicitud. En el caso de que un solicitante presente más de una solicitud sólo se atenderá a la presentada en último lugar por fecha de registro, desestimándose las otras, previa resolución del órgano concedente, salvo que exista renuncia expresa a las anteriores por parte del solicitante.

La subvención máxima por solicitud es de 200.000 €, si bien es límite podrá supeperarse en caso de que, una vez admitidas y valoradas todas las solicitudes recibidas de acuerdo con este criterio, exista aún presupuesto disponible no asignado.

La inversión mínima por solicitud es de 20.000 €."