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ORDEN de 28 de diciembre de 2015, del Consejero de Presidencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2015 para infraestructuras municipales de dicha provincia.

Publicado el 18/01/2016 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71.5.º, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de régimen local y, en concreto, la relativa a las relaciones para la cooperación y colaboración entre los entes locales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia, en el artículo 15 a), establece que las competencias en cuanto a "la gestión de la cooperación económica local de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón" corresponden a la Dirección General de Administración Local.

El 23 de marzo de 2015 se suscribió un convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel.

El convenio desarrolla el protocolo de intenciones que, con fecha 7 marzo de 2011, se firmó entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón con la finalidad de promover actuaciones que favorezcan la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel.

El convenio relaciona un conjunto de líneas de actuación entre las que se encuentra la dedicada a las infraestructuras municipales y su ejecución por las entidades locales en cuyo término se desarrollen.

La comisión de seguimiento del convenio, como órgano paritario competente para adscribir los recursos a los distintos proyectos de inversión, acordó en su reunión de 29 de mayo de 2015, destinar cuatro millones de euros a la realización de infraestructuras municipales.

En cumplimiento de lo anterior mediante Orden de 18 de septiembre de 2015, de este Departamento, ("Boletín Oficial de Aragón", número 183, de 21 de septiembre de 2015), se convocaron subvenciones, con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2015 para infraestructuras municipales de dicha provincia destinadas a proyectos de inversión, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población, regulándose conforme a lo dispuesto en la normativa básica estatal, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, publicado el 17 de febrero de 2006 en el "Boletín Oficial de Aragón", y por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón, modificado por el Decreto 199/2006, de 6 de octubre, publicado el 16 de octubre de 2006 en el "Boletín Oficial de Aragón".

Vista la Propuesta de la Comisión de Valoración en la que se distribuyen las ayudas entre los municipios beneficiarios, así como por las disposiciones legales citadas y demás concordantes y de general aplicación, dispongo:

Primero.- La concesión de las subvenciones que figuran como anexo a la presente orden, por un importe global de Tres millones novecientos sesenta y seis mil ciento dicecinueve euros con once cétimos (3.966.119,11 €), con la indicación de los municipios beneficiarios, el importe de la subvención concedida, objeto y las observaciones que procedan en función del fin de la subvención concedida.

Segundo.- La desestimación del resto de las solicitudes presentadas y que no figuran en el anexo de la presente orden, que serán notificadas individualmente a cada interesado.

Tercero.- El plazo para la presentación de la documentación justificativa para el abono de la subvención, regulada en la base decimoquinta de la orden de convocatoria finalizará el día 1 de agosto de 2016, debiendo dirigirse al Instituto Aragonés de Fomento, que procederá a su pago según lo previsto en la bases decimoquinta y decimosexta de la citada orden.

Cuarto.- Notificar esta orden a los interesados advirtiéndole que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse requerimiento previo ante el Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón en el plazo de dos meses o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses. En ambos casos, el plazo se contará a partir del siguiente a aquel en el que tenga lugar su notificación o publicación.

Zaragoza, 28 de diciembre de 2015.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO