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RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2023, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se archiva por caducidad el expediente para la declaración del secado natural "a ventana abierta" de jamones y productos cárnicos en la provincia de Teruel como Bien de Interés Cultural Inmaterial.

Publicado el 26/01/2023 (Nº 17)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Resolución de 19 de octubre de 2020, de la Directora General de Patrimonio Cultural, se inició procedimiento y se abrió un periodo de información pública para la declaración del secado al natural y "a ventana abierta" de jamones y productos cárnicos en la provincia de Teruel como Bien de Interés Cultural Inmaterial. Esta Resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 214, de 27 de octubre de 2020.

El artículo 20 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que el expediente para la declaración de un Bien de Interés Cultural deberá resolverse en el plazo máximo de dieciocho meses a partir de la publicación de la incoación. Habiéndose publicado la incoación del expediente en el "Boletín Oficial de Aragón", número 214, de 27 de octubre de 2020, este caducó el día 27 de abril de 2022.

El artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligación de las Administraciones de dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos, cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de caducidad del procedimiento, la Resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso con la indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

Por todo ello la Directora General de Patrimonio Cultural, en el uso de sus competencias, resuelve:

Primero.- Proceder al archivo del expediente iniciado para la declaración del secado al natural y "a ventana abierta" de jamones y productos cárnicos en la provincia de Teruel como Bien de Interés Cultural Inmaterial por haber caducado el expediente, dejando sin efecto la Resolución de 19 de octubre de 2020, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se inició el procedimiento y se abrió un periodo de información pública para la declaración del secado natural "a ventana abierta" de jamones y productos cárnicos en la provincia de Teruel como Bien de Interés Cultural Inmaterial, la cual fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 214, de 27 de octubre de 2020.

Segundo.- Notificar esta Resolución de archivo a los interesados en el expediente y proceder a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 10 de enero de 2023.- La Directora General de Patrimonio Cultural, Marisancho Menjón Ruiz.