ACUERDO de 28 de noviembre de 2025, de la Comisión organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad, por el que se convoca la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) correspondiente al curso académico 2025-2026.
La Comisión organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad (en adelante PAU), ha acordado proceder a la convocatoria de la PAU correspondiente al curso académico 2025-2026, de conformidad con las siguientes, bases:
Primera.- Legislación aplicable.
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ("Boletín Oficial del Estado", número 312, de 30 de diciembre de 2006).
Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, ("Boletín Oficial del Estado", número 142, de 12 de junio de 2024).
Orden ECD/133/2017, de 16 de febrero, por la que se determina la organización y coordinación de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad en la Comunidad Autónoma de Aragón, a partir del curso 2016/2017, ("Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 22 de febrero de 2017), modificada por la Orden ECD/2128/2018, de 18 de diciembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 15 de enero de 2018).
Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de intervención educativa inclusiva, ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 18 de junio de 2018), modificada por la Orden ECD/913/2023, de 11 de julio.
Acuerdos de la Comisión organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad, por los que se aprueban el procedimiento de revisión de los resultados, los criterios de organización, las fechas de realización y la estructura básica y los criterios generales de calificación de los ejercicios que integran la prueba correspondientes al curso 2025-2026 ( https://www.unizar.es
Segunda.- Fechas de celebración de la PAU.
La PAU se celebrará en las fechas siguientes, según la convocatoria de que se trate:
Convocatoria ordinaria: días 2, 3 y 4 de junio de 2026.
Convocatoria extraordinaria: días 30 de junio, 1 y 2 de julio de 2026.
Tercera.- Participación en la PAU.
Podrán presentarse a la PAU los siguientes colectivos de estudiantes:
1. Estudiantes que se encuentren en posesión del título de bachiller al que se refiere el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluidos en alguno de los siguientes supuestos:
Que hayan superado el segundo curso de Bachillerato en un centro de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Que hayan superado el segundo curso de Bachillerato con anterioridad al curso 2025-2026 en un centro de Educación Secundaria de otra Comunidad Autónoma, pero residan en Aragón a fecha 1 de enero de 2026.
Que hayan obtenido la homologación de sus estudios cursados en el extranjero al título de Bachillerato español. Si en la credencial de homologación no consta la nota media, se considerará como nota media un cinco.
2. Los estudiantes en posesión de alguno de los títulos de Técnico o Técnica Superior de Formación Profesional, Técnico o Técnica Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior a que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica de Educación, o títulos equivalentes, podrán presentarse a la fase voluntaria de la PAU si cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Que hayan superado el último curso de estos estudios en un centro de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Que hayan superado el último curso de estos estudios con anterioridad al curso 2025-2026 en un centro de Educación Secundaria de otra Comunidad Autónoma, pero residan en Aragón a fecha 1 de enero de 2026.
Con el fin de poder compatibilizar el calendario de celebración de la PAU con la finalización del curso académico 2025-2026 de estas enseñanzas, para la inscripción en la fase voluntaria será suficiente una certificación académica oficial en la que conste:
Para los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional, la superación de todos los módulos que componen el ciclo formativo de que se trate, a excepción de la Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, el módulo de proyecto.
Para los Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño, la superación de todos los módulos que componen el ciclo formativo de que se trate, a excepción de la formación práctica en empresas, estudio y talleres y el módulo de proyecto integrado.
Para las Enseñanzas Deportivas, la superación de los módulos que componen el ciclo de grado superior de que se trate, a excepción de los módulos de formación práctica y de proyecto final.
Esta certificación tendrá, en todo caso, el carácter de documentación provisional, no pudiendo procederse a la admisión en los estudios universitarios de grado hasta la consecución y entrega de la documentación acreditativa de estar en posesión del correspondiente título dentro del plazo de presentación de solicitudes de admisión.
3. Los estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma del Bachillerato Internacional, así como los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades, podrán presentarse a la fase voluntaria de la PAU siempre que acrediten estar en posesión de la correspondiente acreditación de acceso en vigor, con validez definitiva, expedida por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Si en el momento de formalizar la inscripción en la fase voluntaria el estudiante no tuviera todavía la acreditación definitiva, podrá aportar en su sustitución 'el certificado provisional para el estudiante' que emite la UNED.
4. Los estudiantes que hayan cursado en centros docentes de Aragón las enseñanzas reguladas mediante el Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, y hayan obtenido la doble titulación, podrán optar por presentarse con cualquiera de las dos titulaciones:
En el caso de que opten por acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de grado mediante el título de "Baccalauréat", lo harán en los términos expresados en el apartado 3. anterior.
En el caso de que opten por acceder a través del título de Bachiller, deberán realizar la PAU en la administración educativa de Aragón, si bien no necesitarán realizar los ejercicios correspondientes a las materias de Historia de España y Lengua Extranjera II. La nota de dichas materias será la obtenida en la prueba externa de "Baccalauréat" en las materias "Historia de España y de Francia" y "Lengua y Literatura Francesas", respectivamente.
Los alumnos que no hubieran realizado la prueba externa de "Baccalauréat" pero hubieran obtenido el título de Bachiller, podrán presentarse a la prueba de acceso establecida con carácter general en el apartado 1. de esta base.
5. Los estudiantes que hayan superado la prueba libre para la obtención del título de Bachiller para mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Aragón, deberán estar en posesión del título de Bachiller a fecha de finalización del plazo de inscripción señalado en la base octava, según convocatoria. Quienes hayan superado esta prueba en otra Comunidad Autónoma deberán acreditar, además, su residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón a fecha 1 de enero de 2026.
Cuarta.- Estudiantes con la PAU o prueba de acceso superada.
Los estudiantes que tengan superada la PAU u otra prueba de acceso equivalente podrán presentarse a la PAU con la finalidad de mejorar su calificación, a la fase obligatoria, a la fase voluntaria, así como a ambas fases.
Quinta.- Preinscripción en la PAU.
1. Se establece un periodo de preinscripción entre el 12 de enero y el 6 de febrero de 2026.
2. Lugares donde realizar la preinscripción:
Estudiantes que en el curso 2025-2026 estén realizando en un centro de Educación Secundaria de Aragón el segundo curso de Bachillerato o el último curso de las enseñanzas de Formación Profesional a que se refiere el apartado 2. de la base tercera: en el centro de Educación Secundaria donde estén cursando sus estudios.
Estudiantes que hubieran obtenido en un centro de Educación Secundaria de Aragón el título de Bachillerato o los títulos de Formación Profesional a que se refiere el apartado 2. de la base tercera: en el centro de Educación Secundaria donde terminaron sus estudios.
El resto de los estudiantes podrán preinscribirse en los siguientes lugares: Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Zaragoza (planta baja del edificio Interfacultades, Campus universitario de la plaza de San Francisco, calle Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza).
Vicerrectorado del campus de Huesca (ronda de Misericordia, 5 - 22001 Huesca).
Vicerrectorado del campus de Teruel (Ciudad Escolar, s/n, 44003 Teruel).
3. El procedimiento de preinscripción será el que a tal efecto se indique en el lugar en que deba realizarse la misma.
Sexta.- Calendario-horario de celebración de la PAU.
El calendario de la PAU, en el que se incluirán los días y horarios de exámenes de las distintas materias, se hará público antes del inicio del plazo de preinscripción en la siguiente dirección: https://academico.unizar.es/acceso-admision-grado/pau/calen
El horario de exámenes permitirá compatibilizar la realización de los ejercicios correspondientes a las específicas de una misma modalidad y, en su caso, vía de Bachillerato. Las personas que deseen examinarse de materias específicas de distintas modalidades de Bachillerato podrán hacerlo siempre que haya compatibilidad dentro del horario aprobado para la PAU del curso 2025-2026. No se permitirá la inscripción en materias cuyo examen se celebre en una misma franja horaria, salvo en los ejercicios de Lengua Extranjera II Francés o Alemán, que en caso de coincidencia con el ejercicio de Geología y Ciencias Ambientales se planificarán en un horario diferente, a determinar por la Comisión.
Séptima.- Sedes de examen que corresponden a cada centro de Educación Secundaria.
1. La PAU se realizará en llamamiento único. En cada una de las dos convocatorias se constituirán varios tribunales que realizarán los exámenes en sedes diferentes. En la dirección web citada en la base anterior se publicarán los tribunales y sus sedes, con indicación de los centros de Educación Secundaria que corresponden a cada una de las sedes.
2. Los estudiantes contemplados en el apartado 2.c. de la base quinta realizarán los exámenes en el Tribunal que corresponda a la sede elegida para examinarse.
Octava.- Inscripción en la PAU. Plazos y lugares.
La inscripción se efectuará en el mismo lugar en que haya correspondido realizar la preinscripción, según se recoge en la base quinta. A quienes según lo dispuesto en la citada base les corresponda realizar la inscripción en un centro de secundaria, deberán realizarla en las fechas que el centro señale (mediados del mes de mayo de 2026, en la convocatoria ordinaria y finales del mes de junio de 2026, en la extraordinaria), siguiendo las indicaciones y el procedimiento que a tal efecto se les indique desde el centro.
El resto de estudiantes deberán inscribirse del 4 al 20 de mayo de 2026, para la convocatoria ordinaria, y del 16 al 23 de junio de 2026, para la extraordinaria, en los lugares establecidos en el apartado 2.c. de la base quinta.
Novena.- Tasas.
Las tasas de la PAU, así como los supuestos de deducción y exención aplicables, son los recogidos en el Decreto 64/2025, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2025-2026, ("Boletín Oficial de Aragón", número 119, de 24 de junio de 2025).
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, el sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas satisfechas si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.
Décima.- Adaptaciones para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo.
Para aquellos alumnos que manifiesten presentar necesidades específicas de apoyo educativo, se acordará la adopción de las medidas y la utilización de aquellos medios materiales y humanos que, en función de dichas necesidades, se consideren oportunos para que puedan realizar la PAU en las debidas condiciones de igualdad, de acuerdo con lo establecido en la Orden ECD/913/2023, de 11 de julio.
La determinación de las medidas a adoptar se realizará con base en las adaptaciones aplicadas al alumno en los procesos de evaluación realizados durante la etapa de Bachillerato y se referirán a tiempo y forma, salvo situaciones sobrevenidas. A tal efecto, el responsable de la dirección del centro educativo en el que esté escolarizado el alumno, deberá solicitar a la comisión organizadora de la PAU la adaptación en la realización de las pruebas de acceso, conforme al procedimiento establecido en el artículo 8 de la Orden ECD/913/2023, de 11 de julio; esta solicitud se acompañará del informe psicopedagógico elaborado por los profesionales de Orientación Educativa y de un documento en el que se exprese la conformidad del alumno y, caso de ser menor de edad, de la familia o representantes legales.
La fecha límite para el envío de las solicitudes de adaptación y los documentos correspondientes a la comisión organizadora será el 6 de febrero de 2026, salvo situaciones sobrevenidas.
Undécima.- Criterios específicos de corrección.
Una vez finalizado el último de los ejercicios de la PAU se harán públicos los enunciados y los criterios específicos de corrección de cada materia en la siguiente dirección de internet: https://academico.unizar.es/acceso-admision-grado/pau/exame
Decimosegunda.- Resultados de la PAU y papeletas de calificaciones.
1. Los resultados iniciales de la PAU se podrán consultar de forma personalizada desde el 10 de junio de 2026, para la convocatoria ordinaria, y desde el 8 de julio de 2026, para la convocatoria extraordinaria, en la siguiente dirección de internet, con las credenciales de usuario y contraseña facilitadas por la Universidad: https://www.unizar.es
En esta misma dirección se podrá acceder a la papeleta con las calificaciones obtenidas, que tendrá carácter provisional durante el plazo establecido para solicitar revisión de las calificaciones o, en su caso, hasta la publicación de los resultados de la revisión.
2. Quienes no soliciten revisión de las calificaciones, podrán acceder a la papeleta definitiva de calificaciones en la dirección de internet indicada anteriormente a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de revisión que se indica en la base siguiente; el resto de estudiantes obtendrá la papeleta definitiva tras la publicación de los resultados de la revisión.
Decimotercera.- Revisión de las calificaciones.
1. El plazo para formalizar las solicitudes de revisión será del 11 al 15 de junio de 2026, para la convocatoria ordinaria, y del 9 al 13 de julio de 2026, para la convocatoria extraordinaria.
2. Las solicitudes de revisión se presentarán a través de la siguiente dirección de internet, con las claves de usuario y contraseña facilitadas por la Universidad: http://www.unizar.es
3. Una vez presentada la solicitud de revisión en tiempo y forma, tendrá carácter irrevocable, no pudiendo ejercer el desistimiento o renuncia a la misma, ya sea total o parcial.
4. Los ejercicios sobre los que se haya solicitado revisión serán corregidos por un profesor o profesora especialista diferente al que realizó la primera corrección. Este llevará a cabo una revisión inicial con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y que no existen errores materiales o aritméticos en el proceso del cálculo de la calificación final. Si procede, se rectificará la calificación, que no podrá ser inferior a la otorgada en la primera corrección.
A continuación, se procederá a una segunda corrección completa del ejercicio con el objeto de verificar que se han aplicado correctamente los criterios generales de evaluación y específicos de calificación y corrección. La calificación final del ejercicio será la media aritmética entre la calificación otorgada tras la primera corrección o, en su caso, la rectificada, y la calificación otorgada en la segunda corrección, pudiendo ser igual, inferior o superior a la calificación inicialmente obtenida. En el supuesto de que existiera una diferencia de dos o más puntos entre estas dos calificaciones, dos personas distintas a las anteriores efectuarán de oficio una tercera corrección. La calificación final será la consensuada por estas dos personas.
5. Una vez finalizado el proceso de revisión, la comisión organizadora adoptará la resolución que establezca las calificaciones definitivas y la notificará a través de su publicación en el Tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] a las personas reclamantes: a partir del 23 de junio de 2026 para la convocatoria ordinaria, y a partir del 20 de julio de 2026 para la convocatoria extraordinaria.
6. La resolución de la Comisión organizadora pondrá fin a la vía administrativa. La resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisidiccón Contencioso-administrativa.
Decimocuarta.- Acceso al examen corregido.
El alumno o alumna tendrá derecho a ver los ejercicios revisados una vez finalizado en su totalidad el proceso de revisión establecido en la base decimotercera, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de la revisión.
Con carácter previo, deberá solicitarlo a la comisión organizadora de la PAU del 24 al 26 de junio de 2026, para la convocatoria ordinaria, y del 21 al 23 de julio de 2026, para la convocatoria extraordinaria, mediante el impreso oficial, que estará a disposición de los interesados en los centros de Educación Secundaria, en la Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Zaragoza, en los Vicerrectorados de Huesca y de Teruel, en el Centro de Información Universitaria y en la siguiente dirección: http://academico.unizar.es/acceso-admision-grado/inicio
Las solicitudes se dirigirán a la comisión organizadora de la PAU y se podrán presentar, preferentemente, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza ( https://sede.unizar.es
La citación para ver el examen, con indicación del lugar, día y hora se publicará el 2 de julio de 2026 para la convocatoria ordinaria, y el 24 de julio de 2026, para la convocatoria extraordinaria, a través del Tablón oficial de la Universidad de Zaragoza ( https://sede.unizar.es
Decimoquinta.- Estudiantes menores de edad.
En el caso de estudiantes menores de edad, los padres, madres, tutores o tutoras legales podrán presentar solicitud de revisión respecto de los ejercicios realizados por sus hijos o hijas, así como solicitar ver sus exámenes corregidos, en los plazos establecidos.
Decimosexta.- Comportamiento fraudulento durante las pruebas.
Quienes se presenten a la PAU deberán abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos durante los exámenes.
Durante los exámenes no estará permitido ni el uso ni la posesión de aparatos electrónicos, calculadoras, teléfonos móviles (encendidos o apagados), relojes de ningún tipo, pulseras, libros, apuntes, correctores, instrumentos particulares ni otros objetos distintos de los que se hayan permitido para determinados ejercicios. Todos los objetos que no estén autorizados serán considerados como "chuletas".
Del mismo modo, todos los estudiantes deberán mantener los pabellones auditivos visibles para la verificación de que no se usan dispositivos auditivos no permitidos.
Los estudiantes que copien durante la realización de algún examen, tengan a su alcance cualquier tipo de "chuleta" o, en definitiva, utilicen o cooperen en procedimientos fraudulentos, serán expulsados de la sala de examen y calificados como 'no aptos' en la PAU.
Decimoséptima.- Anonimato.
Toda marca en el papel de examen, fuera de la cabecera de datos personales, que pueda identificar al estudiante (firma, nombre y apellidos, etc.) conllevará la nulidad del ejercicio y la calificación de la materia correspondiente con un cero.
Decimoctava.- Recursos.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Acuerdo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la ciudad de Zaragoza. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Alternativamente, se podrá interponer contra este Acuerdo recurso de reposición, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 15 de diciembre de 2025.- La Rectora. Por delegación (Resolución de 29 de abril de 2025, "Boletín Oficial de Aragón", número 86, de 8 de mayo de 2025). La Presidenta de la Comisión organizadora de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, Ángela Rosa Alcalá Arellano.