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ORDEN HAP/1383/2021, de 18 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de 13 de octubre de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se fija el índice de distribución de aplicación durante el ejercicio 2021 a las ayudas incluidas en el fondo de acción social de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 29/10/2021 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Aprobado por el Gobierno de Aragón, el día 13 de octubre de 2021, el Acuerdo por el que se fija el índice de distribución de aplicación durante el ejercicio 2021 a las ayudas incluidas en el fondo de acción social de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se procede a su publicación como anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 18 de octubre de 2021.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN

ACUERDO DE 13 DE OCTUBRE DE 2021, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE FIJA EL ÍNDICE DE DISTRIBUCIÓN DE APLICACIÓN DURANTE EL EJERCICIO 2021 A LAS AYUDAS INCLUIDAS EN EL FONDO DE ACCIÓN SOCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

La disposición adicional segunda del Reglamento que regula el sistema de ayudas de Acción Social a favor de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 176/2014, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 104/2015, de 11 de junio, dispone que "las ayudas establecidas en este Reglamento estarán afectadas por las limitaciones que se deriven de la cuantía anual del Fondo de Acción Social fijada en las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón".

Por su parte, el artículo 40 del Reglamento que regula el Sistema de Prestaciones de Acción Social en favor de los empleados públicos docentes no universitarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón, la disposición adicional primera del Pacto de fecha 29 de diciembre de 2014 de la Mesa Sectorial de Sanidad, por la que se aprueba el nuevo sistema de ayudas de Acción Social del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud, publicado por Resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, y la disposición adicional segunda del Reglamento que regula el Sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón y se crea el fichero de datos de carácter personal con el mismo nombre, aprobado por Decreto 216/2014, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, disponen para las ayudas de sus respectivos ámbitos sectoriales la misma previsión.

Las mencionadas normas establecen, con carácter general que, en función de las limitaciones presupuestarias previstas en aquellas, si el importe total a conceder superase el porcentaje del presupuesto anual del Fondo de Acción Social destinado a la financiación de estas ayudas, se procederá a aplicar un índice de distribución que será el cociente resultante de dividir la cuantía del importe total a conceder entre la cuantía anual asignada del Fondo de Acción Social para tales ayudas.

De conformidad con las normas anteriormente citadas, se advierte la necesidad de aplicar, durante el ejercicio 2021, un índice de distribución suficiente para respetar las limitaciones presupuestarias consignadas en las normas presupuestarias de este ejercicio. Este índice de distribución, previa información a las Organizaciones Sindicales, se fija en 1,205, de acuerdo con el sistema de cálculo arbitrado por estas normas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, el Gobierno de Aragón en su reunión del día 13 de octubre de 2021,

ACUERDA

Primero.- De acuerdo con el crédito final resultante del Fondo de Acción Social en favor del personal, previsto en la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021, el importe a conceder de las ayudas incluidas en los sistemas de acción social de la totalidad de los ámbitos sectoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón experimentará la variación porcentual que resulte de la aplicación de un índice de distribución de 1,205.

Segundo.- La aplicación del índice de distribución previsto en el párrafo anterior se realizará, en todo caso, en los términos establecidos en la normativa reguladora de cada uno de los sistemas de acción social de los respectivos ámbitos sectoriales.