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RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara la pérdida de derechos, y con el fin de cubrir todas las vacantes convocadas por Resolución de 27 de enero de 2017, en el proceso selectivo de la categoría de Técnico Superior de Radiodiagnóstico, se nombra personal estatutario fijo y se adjudican los destinos que han quedado vacantes en Centros del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 01/02/2021 (Nº 20)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de 27 de enero de 2017, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 29, de 13 de febrero de 2017, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Técnico Superior de Radiodiagnóstico y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Declarar, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones de 27 de enero de 2017 y 23 de noviembre de 2020 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud la perdida de todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, de Don Diego Barcelona Tambo por no haber comparecido al acto de elección de destinos.

Segundo.- Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior de Radiodiagnóstico, con expresión del destino definitivo adjudicado al participante que sigue en puntuación a los ya nombrados en el proceso selectivo, y que se detallan en el anexo I adjunto a esta Resolución, al no haberse cubierto el total de plazas convocadas mediante Resolución de 27 de enero de 2017.

Tercero.- El aspirante nombrado de conformidad con lo dispuesto en la base 8.2 de la Resolución de 27 de enero de 2017, dispondrá del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución, decayendo en su derecho si no se incorpora a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 11 de enero de 2021.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO