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ORDEN PRI/56/2020, de 8 de enero, por la que se dispone la publicación de la Adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Asociación Española contra el Cáncer, para la gestión de desplazamientos de personas en tratamiento de radioterapia.

Publicado el 11/02/2020 (Nº 28)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2019/7/0307, la Adenda suscrita, con fecha 5 de diciembre de 2019, por la Consejera del Departamento de Sanidad y el Presidente de la Junta Provincial de Zaragoza, de la Asociación Española contra el Cáncer, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 8 de enero de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, PARA LA GESTIÓN DE DESPLAZAMIENTOS DE PERSONAS EN TRATAMIENTO DE RADIOTERAPIA

En Zaragoza, a 5 de diciembre de 2019.

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Pilar Ventura Contreras, en su condición de Consejera del Departamento de Sanidad y en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

Y de otra, el Sr. D. José Luis Ansó Llera, y en su calidad de Presidente de la Junta Provincial de Zaragoza, actuando en nombre de la Asociación Española contra el cáncer, con domicilio a estos efectos en Zaragoza, Calle Reboleria, 20-22 y CIF G-28197564; fue nombrado para el referido cargo en virtud de acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo de la AECC en sesión celebrada el día 15 de marzo de 2016 y actúa por las facultades que le son conferidas en los Estatutos que regulan la organización y funcionamiento de la AECC y que fueron aprobados por acuerdo de la Asamblea celebrada el 27 de junio de 2003.

Las partes se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del presente convenio, intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que les corresponden, formalizando el presente convenio.

CONSIDERANDO ÚNICO

Con fecha 17 de septiembre de 2018, se firmó un convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Asociación Española contra el Cáncer en Aragón para la gestión de los desplazamientos de las personas en tratamiento de radioterapia en la Comunidad Autónoma de Aragón y en centros públicos y contratados fuera de la Comunidad, desde su residencia habitual al centro sanitario con el fin de efectuar el tratamiento, en el marco de lo establecido en la Orden de 22 de marzo de 2004, modificada por la Orden de 27 de junio de 2008, ambas del Departamento de Salud y Consumo, sobre ayudas por gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje para pacientes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la cláusula sexta del citado convenio se establece que el Departamento de Sanidad se compromete a aportar, un importe de 1.035,462€. Dado que se espera que el convenio entre en vigor el 15 de julio de 2018 la previsión de gasto para el año 2018 es de 474.586,75€.

Para el año 2019 serán 1.031.106€, ya que la compra del programa de gestión que supone 4.356€ ya no se imputa a los siguientes años. Y del 1 de enero al 15 de julio de 2020 es 558.515,75 €.

El importe total del convenio durante su periodo de vigencia asciende a un total de 2.066.568€ con cargo al capítulo IV de sus Presupuestos, aplicación presupuestaria 16020.4131.480185.91002, que se destinará a financiar los gastos de los desplazamientos que realizan las personas en tratamiento de radioterapia y los gastos de gestión de este convenio, con la siguiente distribución plurianual:

El gasto real justificado por la Asociación Española contra el Cáncer hasta el mes de julio de 2019 asciende a 926.657,38 euros, cuando el gasto previsto inicialmente debería de haber sido de 601.478,5 €, por lo que previsiblemente el gasto real anual superará la cuantía máxima establecida en el mencionado convenio.

Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por la siguiente,

CLÁUSULA

En virtud de lo señalado se añade en la Cláusula Sexta del convenio de Colaboración, el siguiente párrafo:

"Por el aumento del número de desplazamientos que realizan las personas en tratamiento de radioterapia en la Comunidad Autónoma de Aragón, se aumenta la financiación máxima que aportará el Departamento de Sanidad en el ejercicio 2019 en la cuantía de seiscientos mil euros (600.000 €), por lo que la cuantía anual para año 2019 ejercicio queda establecida en un millón seiscientos treinta y un mil ciento seis (1.631.106 €)".

Para el período de enero a julio del 2020, se aumenta la financiación máxima que aportará el Departamento de Sanidad en la cuantía de trescientos mil euros, por lo que la cuantía para dicho período queda establecida en ochocientos cincuenta y ocho mil quinientos quince euros con setenta y cinco céntimos, (858.515,75 €). En el caso de producirse la prórroga del presente convenio, se tendrá en cuenta el incremento de la aportación del Departamento de Sanidad previsto en la presente Adenda, al objeto de determinar el presupuesto máximo de dicha prórroga".

La anterior modificación se incorpora al convenio formando parte integrante del mismo, sin que la misma altere la validez de las restantes cláusulas del mismo, salvo en lo aquí modificado.

Y en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, lo firman las personas antedichas, en el lugar y fecha arriba indicados.