EXTRACTO de la Orden EPE/1382/2021, de 20 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras prioritariamente desempleadas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, del Plan de Formación para el Empleo de Aragón 2021.
BDNS (Identif.): 590649
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/590649).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán participar en la presente convocatoria, conforme a lo previsto en el artículo 14.2.c) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, las entidades de formación cuyos centros de formación se hallen acreditados, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo para la impartición de los certificados de profesionalidad que soliciten o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.
Segundo.- Objeto.
La presente Orden tiene como objeto convocar, para el ejercicio 2021, las subvenciones destinadas a la financiación exclusivamente de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras prioritariamente desempleadas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas subvenciones se recogen en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
Cuarto.- Cuantía.
1. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a veintitrés millones setecientos noventa y siete mil seiscientos setenta y siete euros con sesenta y cinco céntimos (23.797.677,65 euros) y con carácter estimativo, las subvenciones se financian con cargo a las siguientes aplicaciones del Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo:
Este gasto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio siguiente.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención es de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Sexto.- Otros datos.
Con objeto de agilizar los procesos de recepción y valoración de los proyectos formativos, las entidades solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y la memoria justificativa del proyecto formativo, y en su caso la declaración responsable, a través del Procedimiento Automático de Solicitud (PAS) del Instituto Aragonés de Empleo, que permite tramitarlas mediante el apoyo de las nuevas tecnologías de la información.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en los correspondientes modelos normalizados, debidamente cumplimentados, que se encuentran a disposición de los interesados a través de la Oficina Virtual de Trámites disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección electrónica http://www.aragon.es y en el portal institucional del Instituto Aragonés de Empleo en la dirección electrónica http://www.aragon.es/inaem.
Las solicitudes se presentarán preferentemente a través del Registro Electrónico de Aragón. No obstante, podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 20 de octubre de 2021.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.