ORDEN PRI/1061/2020, de 27 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Instituto Aragonés de la Mujer.
La Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dedica el Capítulo IV del Título II a regular las cartas de servicios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo el artículo 20.4 del citado precepto legal que deberán ser aprobadas mediante Orden del/de la Consejero/a del que dependa el órgano, centro o unidad prestador del servicio,
Por su parte, el artículo 5 del Decreto 115/2012, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las cartas de servicios, establece que las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos y los órganos equivalentes de los organismos públicos son los responsables de la elaboración de las Cartas de Servicios y del cumplimiento de sus contenidos.
En consecuencia, visto el proyecto de Carta de Servicios del Instituto Aragonés de la Mujer formulado por la Secretaría General de ese organismo público y el informe emitido por la Inspección General de Servicios, resuelvo:
Primero.- Aprobar la Carta de Servicios del Instituto Aragonés de la Mujer, que figura como anexo a la presente Orden y dejar sin efecto la Carta aprobada por Orden de 11 de febrero de 2015, del Consejero de Sanidad, de Bienestar Social y Familia.
Segundo.- Acordar la publicación simultánea de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la web del Gobierno de Aragón.
Tercero.- En los cinco días siguientes a la aprobación de esta Orden se remitirá copia de la misma a la Inspección General de Servicios, para su integración en el repositorio electrónico establecido al efecto.
Cuarto.- Esta Orden producirá sus efectos desde la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Zaragoza, 27 de octubre de 2020.
La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN