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RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno de promoción interna.

Publicado el 22/06/2021 (Nº 132)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Por Resolución de 16 de octubre de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se procedió a convocar las plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria por turno de promoción interna correspondientes a la Oferta de Empleo Público para los años 2018 y 2019.

Posteriormente, por Resolución de 21 de enero de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se acumuló al proceso selectivo anteriormente citado las plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno de promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2020.

El Decreto 77/2021, de 2 de junio, del Gobierno de Aragón, "Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 7 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 en el ámbito del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud incluye la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria por turno de promoción interna.

Con la presente Resolución se procede a acumular una plaza de la categoría de Pediatra de Atención Primaria a convocar por turno de promoción interna de la Oferta de Empleo Público para el año 2021 en aplicación del artículo 2 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, y del Acuerdo por la Sanidad en Aragón en materia de empleo suscrito por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón y las Organizaciones Sindicales CEMSATSE, CSIF y CCOO, en fecha 23 de julio de 2014.

En cuanto al sistema de selección del personal se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como específicamente a lo prevenido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

En atención a lo expuesto y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:

Convocar pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón por turno de promoción interna, con sujeción a las siguientes:

BASES

Primera.- Normas generales.

1.1. Se convoca concurso oposición para cubrir 1 plaza correspondiente al turno de promoción interna de la categoría de Pediatra de Atención Primaria, código de la categoría A169 en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno de promoción interna, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para el año 2021. En aplicación de los principios de economía procesal y eficiencia que deben regir la actuación de las Administraciones Públicas, dichas plazas se acumulan a las plazas del turno de promoción interna correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2018, 2019 y 2020 ya convocadas por Resolución de 16 de octubre de 2020 y Resolución de 21 de enero de 2021 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, con lo que las plazas objeto del proceso selectivo serán 3, para su provisión por turno de promoción interna tramitándose para la adjudicación de todas ellas un único concurso oposición.

1.2. La presente convocatoria se rige por las bases establecidas en la Resolución de 16 de octubre de 2020 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Pediatra de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno de promoción interna, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 222, de 9 de noviembre de 2020.

1.3. En el supuesto de que las plazas convocadas no sean cubiertas, según la regulación contenida en el punto 3 del artículo único del Decreto 77/2021, de 2 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 en el ámbito del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud, se acumularán a las de acceso libre.

Segunda.- Solicitudes.

2.1. No será necesaria la presentación de nueva solicitud para los aspirantes que presentaron instancia en el plazo previsto en las Resoluciones de 16 de octubre de 2020 y 21 de enero de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, citadas en la base 1.1.

2.2. Las instancias para participar en las pruebas selectivas se formalizarán vía web en la dirección https://empleo.salud.aragon.es, Portal Electrónico de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud, mediante la inscripción en la correspondiente convocatoria y cumplimentación del modelo informático de solicitud que deberá ser ratificada a través de su presentación dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de acuerdo con lo previsto en la base 3.4.

Para acceder a la aplicación podrán hacerlo mediante los siguientes modos de acceso:

Modo Usuario Nuevo: Puede registrarse en la aplicación haciendo uso del enlace "regístrese aquí", creando usuario nuevo y entrando en la aplicación posteriormente haciendo uso de su NIF y contraseña respectivamente.

Modo Certificado: Está habilitada la posibilidad de autenticación mediante Certificado Digital o Cl@ve.

Modo Usuario Corporativo: Si dispone de usuario corporativo del Gobierno de Aragón, puede acceder haciendo uso del correo electrónico corporativo como usuario de la aplicación y utilizando su contraseña corporativa.

2.3. Cumplimentada la solicitud, deberá efectuarse el pago de la tasa por derechos de examen que asciende a 39,98 euros mediante pago telemático desde el propio portal, siguiendo las instrucciones que aparecen en la página web del Servicio Aragonés de Salud debiendo adjuntar a su solicitud el justificante del pago telemático.

El pago de la tasa por derechos de examen también puede realizarse de manera no telemática por ingreso en cualquiera de las oficinas de Ibercaja en la cuenta ES25 2085 5200 8203 3301 5944. Una vez realizado el pago, la entidad bancaria devolverá los dos ejemplares a los interesados debiendo aportar justificante bancario de haber realizado el ingreso de la cuantía reseñada. Dichos ejemplares serán presentados en el Registro de conformidad con la base 3.4.

Los derechos de examen se abonarán por cada solicitud que se presente. La falta de pago de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable.

2.4. Sólo estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

Las citadas circunstancias deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas.

2.5. Los dos ejemplares de la solicitud (Administración y el interesado), se deberán presentar en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Plaza de la Convivencia, 2 - 50017 - Zaragoza), a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañando el justificante acreditativo del pago bancario en el caso de que no conste fehacientemente en el impreso de solicitud.

En el caso del pago telemático de la tasa, igualmente, tanto el ejemplar para el interesado como el ejemplar para la Administración serán presentados en el registro de conformidad con la presente base.

2.6. En el caso de que la solicitud se presentara en las oficinas de correos por procedimiento administrativo, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.

2.7. El ejemplar para el interesado le servirá de justificante. En todos los ejemplares deberá figurar tanto el ingreso de la tasa correspondiente como el sello de registro del Organismo donde se deposite la solicitud.

La falta de cualquiera de los requisitos anteriores determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el sello, validación mecánica, el pago telemático, o el justificante de la entidad bancaria acreditando que se ha ingresado la tasa de los derechos de examen suplirá el trámite de la presentación de la solicitud ante la Administración convocante.

2.8. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón los participantes tendrán derecho a la devolución de la tasa satisfecha si, por causas que no le son imputables, no se hayan prestado las actividades o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes y en los demás supuestos previstos en la normativa tributaria.

2.9. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

2.10. Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

El Servicio Aragonés de Salud tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Servicio Aragonés de Salud es responsable del tratamiento de esos datos. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica en la dirección: seguridad@salud.aragon.es, o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.

Los interesados también pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, cuando consideren que sus derechos no han sido atendidos debidamente.

Podrán consultar información adicional y detallada en el Registro de Actividades de Tratamiento del Gobierno de Aragón, en:https://aplicaciones.aragon.es/notif_lopd_pub/details.action?fileId=338.

Recurso.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 8 de junio de 2021.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO