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CORRECCIÓN de errores de las Resoluciones de 16 de octubre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de las categorías de Facultativo Especialista de Área de las especialidades de Urología, Cirugía Oral y Maxilofacial y Cirugía Plástica, Estética y Reparadora en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 28/11/2019 (Nº 233)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Advertidos errores en las Resoluciones citadas, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 219, de 8 de noviembre de 2019, se proceden a corregir en los siguientes términos:

Único.- Páginas: 30264, 30276 y 30287

Donde dice: 3. Requisitos de participación del personal estatutario.

3.3. Aquellos que se encuentren en situación administrativa de reingreso en una plaza con carácter provisional en centros sanitarios dependientes del Servicio Aragonés de Salud estarán obligados a participar en este procedimiento, solicitado, al menos, todas las plazas convocadas de la categoría y correspondiente modalidad, de atención primaria o atención continuada, en el sector sanitario en que se encontraban reingresados.

En el caso de no obtener plaza, habiendo solicitado, al menos, todas las plazas a que se está obligado a participar y resulten desplazados del puesto que vienen ocupando, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas vacantes existentes, debiendo solicitar en primer lugar las vacantes de la modalidad y sector sanitario en que se encontraban reingresados, y posteriormente, si fueran de su interés, las de cualquier otro sector, donde podrán reingresar siempre que no existan vacantes de su modalidad en el sector de procedencia, o por pasar a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

El personal reingresado provisionalmente en plazas adscritas a la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias de Aragón, vendrá obligado a solicitar todas las vacantes que se convocan en dicha Gerencia, correspondientes al sector sanitario en función de la ubicación de la plaza en la que se encuentra en situación de reingreso provisional. A estos efectos, las vacantes convocadas en el Centro Coordinador de Urgencias (Zaragoza) se entienden adscritas al Sector Sanitario de Zaragoza III.

Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de este Servicio de Salud, no obtengan destino, sin haber solicitado todas las vacantes ofrecidas en su modalidad y sector, o no participen en este procedimiento, serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional o a efectos de su participación en ulterior procedimiento de movilidad.

Debe decir: 3. Requisitos de participación del personal estatutario.

3.3. Aquellos que se encuentren en situación administrativa de reingreso en una plaza con carácter provisional en centros sanitarios dependientes del Servicio Aragonés de Salud estarán obligados a participar en este procedimiento, solicitando, al menos, todas las plazas convocadas de la categoría en el sector sanitario en que se encontraban reingresados.

En el caso de no obtener plaza, habiendo solicitado, al menos, todas las plazas a que se está obligado a participar y resulten desplazados del puesto que vienen ocupando, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas vacantes existentes, debiendo solicitar en primer lugar las vacantes de la modalidad y sector sanitario en que se encontraban reingresados, y posteriormente, si fueran de su interés, las de cualquier otro sector, donde podrán reingresar siempre que no existan vacantes de su modalidad en el sector de procedencia, o por pasar a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de este Servicio de Salud, no obtengan destino, sin haber solicitado todas las vacantes ofrecidas en su modalidad y sector, o no participen en este procedimiento, serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional o a efectos de su participación en ulterior procedimiento de movilidad.