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ORDEN SAN/882/2021, de 15 de julio, por la que se dispone la publicación de la parte dispositiva de la sentencia número 47/2021, de 18 de febrero de 2021, dictada por la Sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, anulando el artículo 4.1 del Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma.

Publicado el 28/07/2021 (Nº 158)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

En el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario número 465/2019, promovido a instancia de Federación Española de Farmacéuticos Españoles contra determinados preceptos del Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma, se ha dictado sentencia número 47/2021, de 18 de febrero de 2021, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Que estimando parcialmente el recurso interpuesto por Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) contra el Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma, debemos declarar y declaramos nulo el artículo 4.1 del Decreto, desestimando el resto de las pretensiones.

No procede hacer expresa imposición de las costas".

En virtud de lo establecido en el artículo 72 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, firme dicha sentencia, conforme al oficio extendido por la Letrada de la Administración de Justicia, de 16 de abril de 2021, y en cumplimiento del fallo que declara la nulidad del artículo 4.1 del Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma, dispongo que tendrán efectos generales desde el día de la publicación del referido fallo.

Zaragoza, 15 de julio de 2021.

La Consejera de Sanidad,

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