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ORDEN SAN/409/2021, de 29 de abril, por la que se establece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado en el municipio de Jaca y en la comarca de las Cinco Villas y se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario en la comarca de La Litera

Publicado el 30/04/2021 (Nº 20 Extraordinario)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

El Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, vino a declarar, con carácter general, dicho nivel de alerta sanitaria, regulado en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. Una vez establecido dicho régimen de alerta 3 agravado, mediante Orden SAN/1/2021, de 4 de enero, se limitó la suspensión de actividades anticipando el horario de cierre de todas aquellas que no sean esenciales, previendo además una serie de modulaciones específicas para algunas actividades, en su mayor parte más restrictivas que las que resultarían del nivel de alerta 3 ordinario.

La evolución posterior de la pandemia, y la mejora de los diferentes indicadores, permitió proceder, al amparo de lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, a la declaración del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario por Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, con la fijación de las oportunas modulaciones para diferentes actividades, declaración que afectaba al conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que el empeoramiento de los datos epidemiológicos en determinados ámbitos territoriales pueda justificar la inaplicación de dicho nivel de alerta en los mismos, restableciendo en su ámbito el régimen jurídico de alerta sanitaria 3 agravado, declarado por Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, junto con las modulaciones correspondientes que correspondiera fijar mediante Orden de la autoridad sanitaria, tal y como se hizo a través de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril, para el municipio de Tarazona, incorporándose posteriormente a tal situación, mediante Orden SAN/331/2021, de 13 de abril, los municipios de Cuarte de Huerva y Fraga y la comarca de La Litera.

La situación epidemiológica en Aragón, a fecha de hoy, tras sufrir el cuarto pico epidémico y llegar a un mínimo de 65 casos por 100.000 habitantes la semana 10 (del 8 al 14 de marzo de 2021) ha evolucionado con un aumento de la afectación por la enfermedad a partir de la semana 11 (del 15 al 21 de marzo), en que la incidencia semanal fue subiendo lentamente, hasta la semana 13 (del 29 de marzo al 4 de abril), con 68, 72 y 81 casos por 100.000 habitantes. Posteriormente, se produjo un incremento más marcado en la semana 14 (del 5 al 11 de abril), con 140 casos por 100.000 habitantes, que sugería el comienzo de un nuevo pico epidémico, pero posteriormente se ha producido una estabilización y desde el día 10 de abril la incidencia acumulada de 7 días se mantiene entre 130 y 140 casos por 100.000 habitantes aproximadamente.

Esta situación de elevada afectación de la población, aunque no se esté produciendo un nuevo pico epidémico claro como los anteriores, se corresponde con un conjunto de picos epidémicos de menor magnitud que los anteriores, que se están produciendo en distintas partes del territorio en períodos de tiempo diferentes, pero cuyo resultado neto para el conjunto de Aragón es el de una meseta en la afectación por la enfermedad, en lugar de un crecimiento claro de la afectación.

No es posible atribuir esta situación directamente a una única causa. Sin embargo, el conjunto de medidas de prevención y control tienen seguramente efecto: por una parte, se siguen detectando casos de enfermedad y se lleva a cabo investigación epidemiológica y control de sus contactos. Por otra parte, las medidas de base poblacional (limitaciones de horario, de movilidad, medidas generales de higiene y otras) que se siguen manteniendo se han mostrado efectivas y, por tanto, contribuirán a que la incidencia no aumente.

Además, el hecho de que una parte cada vez más grande de la población haya pasado la enfermedad o haya recibido la vacunación también tiene influencia en el comportamiento de la enfermedad, pues protege frente al posible contagio. Son ya varios los estudios de ámbito poblacional que muestran una relación directa (menor incidencia en casos que han pasado la enfermedad y en vacunados que en personas que no han pasado la enfermedad y no vacunados).

El número de casos en personas que viven en entornos residenciales y en personal sociosanitario es casi nulo desde finales de febrero. Sin embargo, en picos previos fueron muy afectados por la enfermedad y han sido los dos primeros colectivos en recibir la vacunación. Por último, la incidencia en mayores de 80 años es la que menos ha crecido en este último período, está en descenso desde hace más de dos semanas, y es actualmente la más baja de todos los grupos de edad (73 casos por 100.000 habitantes en 7 días a fecha de ayer). Sin embargo, en los picos epidémicos previos era el más afectado, y actualmente es el grupo de edad con mayor cobertura de vacunación (69,3% con dos dosis a fecha de ayer). Como se ha visto en anteriores ocasiones, la afectación es diferente en distintos ámbitos geográficos. A continuación, se revisa la situación de tres de ellos que son susceptibles de revisar las medidas de prevención y control necesarias.

La comarca de La Litera fue objeto de medidas especiales para el control de la enfermedad, incluido el confinamiento perimetral. Eso fue debido al crecimiento de la incidencia muy rápido a partir del 29 de marzo, que llevó a un pico epidémico (492 casos por 100.000 habitantes en 7 días) el 10 de abril. Posteriormente se ha producido igualmente un descenso rápido de la afectación y en la actualidad la incidencia es de 153 casos por 100.000 habitantes en 7 días, con una tendencia descendente. En esta situación, se puede pensar en reincorporar dicho territorio al nivel de alerta 3 ordinario y modular las medidas de prevención y control para adaptarlas a la situación social y económica.

El municipio de Jaca, a su vez, se ha visto poco afectado por el cuarto pico epidémico de Aragón, manteniéndose en incidencias relativamente bajas durante ese período. Posteriormente, y tras llegar a una incidencia de 0 casos a principios de marzo, tuvo un pico epidémico de poca magnitud con un máximo de 61 casos por 100.000 habitantes en 7 días el 18 de marzo e inició un nuevo descenso. Sin embargo, a partir del 3 de abril y tras haber llegado a una nueva afectación mínima (8 casos por 100.000 habitantes en 7 días el 2 de abril), se ha iniciado un nuevo pico epidémico con una tendencia claramente ascendente y una afectación importante en este momento (267 casos por 100.000 habitantes en 7 días). De nuevo la afectación y transmisión de la enfermedad se está produciendo a nivel comunitario y no en agrupaciones identificables. En esta situación parece adecuado indicar medidas de prevención y control adicionales.

Por último, la comarca de las Cinco Villas tiene en la actualidad un claro quinto pico epidémico de afectación, con un crecimiento de la incidencia desde finales del mes de marzo. En la actualidad la incidencia a 7 días es de 617 casos por 100.000 habitantes en 7 días y la tendencia muy ascendente. Esta afectación no se debe a un único núcleo de población, ni a agrupaciones de casos claras e identificables, sino que parece deberse a un aumento general de la transmisibilidad a nivel comunitario. Las incidencias más altas se dan en las zonas de salud de Tauste (1.133 casos por 100.000 habitantes en 7 días a fecha de ayer), Sádaba (517) y Ejea de los Caballeros (433). La tendencia además es muy rápidamente creciente, por lo que está indicado establecer medidas de prevención y control.

En resumen, la situación epidemiológica de la enfermedad COVID-19 en Aragón es en la actualidad de una meseta con elevada afectación de la población, que por ahora no se ha convertido en un pico epidémico claro, y que probablemente esté relacionado con el efecto combinado de las medidas de prevención y control, por una parte, y el número cada vez mayor de personas que han pasado la enfermedad y que se han vacunado por otra. Dentro de esta situación general, hay variabilidad en diferentes territorios, tal y como se ha expuesto. La comarca de La Litera ha sufrido un pico epidémico que en la actualidad está en claro descenso, lo que permite flexibilizar las medidas de prevención y control. Por otra parte, el municipio de Jaca y la comarca de las Cinco Villas tienen una afectación elevada y en franco crecimiento, lo que aconseja tomar medidas adicionales de prevención y control de la enfermedad.

Por ello, atendiendo a la diferente evolución epidemiológica observada en dichos territorios, según lo señalado en el artículo 3.5 del Decreto de 9 de abril de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y en el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma, se ha procedido a establecer el confinamiento perimetral de municipio de Jaca y de la comarca de las Cinco Villas, y a eliminar el confinamiento perimetral de la comarca de La Litera.

Dicha evolución aconseja igualmente proceder al establecimiento del nivel de alerta 3, modalidad agravada, para los nuevos territorios confinados y devolver al nivel de alerta 3 ordinario a la comarca de La Litera, tal y como se prevé en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, al disponer que "la autoridad sanitaria podrá acordar, en todo caso, la aplicación de un nivel de alerta inferior al aplicable en un ámbito territorial determinado en función de su concreta situación epidemiológica, siempre que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención sanitaria contra la pandemia COVID-19 y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud".

La evaluación de los resultados de estas medidas permitirá establecer, si fuera necesario, otras que se adapten a las nuevas circunstancias que se produjeran, tanto en un sentido de endurecimiento como de mantenimiento o flexibilización.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias propias como autoridad sanitaria, conforme a lo previsto en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, y el Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril.

Se modifica el artículo segundo, Ámbito territorial de aplicación, cuya redacción queda del modo siguiente:

"La situación de nivel de alerta sanitaria 3 agravado y las medidas previstas en esta Orden resultan de aplicación en el territorio correspondiente a los municipios de Fraga, Jaca y Tarazona y a la comarca de las Cinco Villas".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 1 de mayo de 2021.

Zaragoza, 29 de abril de 2021.

La Consejera de Sanidad,

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