Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN CDS/676/2020, de 29 de julio, por la que se extiende el ámbito de aplicación de la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio, por la que se adoptan medidas especiales dirigidas a los centros de servicios sociales especializados ubicados en aquellos territorios que han de observar medidas específicas de prevención y control adoptadas por la autoridad sanitaria para la contención del brote epidémico.

Publicado el 30/07/2020 (Nº 150)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Con fecha 21 de julio de 2020, se publicó en el “Boletín Oficial de Aragón”, la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio, por la que se adoptan medidas especiales dirigidas a los centros de servicios sociales especializados ubicados en aquellos territorios que han de observar medidas específicas de prevención y control adoptadas por la autoridad sanitaria para la contención del brote epidémico (“Boletín Oficial de Aragón”, número 143, de 21 de julio de 2020). La mencionada Orden tiene por objeto la adopción de un conjunto de medidas especiales a aplicar por los centros de servicios sociales especializados, de titularidad pública o privada, ubicados en aquellos territorios en los que resulta de aplicación el régimen establecido en la fase II. Atendida la evolución de contagios detectados, su preocupante progresión, y valorando la especial vulnerabilidad de los colectivos destinatarios, se considera adecuado extender el ámbito de aplicación de las medidas contenidas en la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio, a todos los centros de servicios sociales especializados ubicados en cualquier parte del territorio de Aragón. Por todo ello, al amparo de la disposición undécima de la Orden SAN/474/2020, de 19 de junio y habiéndose consultado al órgano competente en materia de salud pública, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de servicios sociales, según el artículo 71.34.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, en relación con el artículo 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, en el artículo 46 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón y el artículo 2 del Decreto 24/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales,

DISPONGO:

Primero.— Objeto y extensión del ámbito de aplicación de las medidas contenidas en la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio. Las medidas especiales contenidas en la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio, se aplicarán en todos los centros de servicios sociales especializados, de titularidad pública o privada, ubicados en el territorio de Aragón, para la contención del brote epidémico debido al aumento de la transmisibilidad de la enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2. En consecuencia, se extiende el ámbito de aplicación de la citada Orden, a todos los centros de servicios sociales especializados con independencia de su ubicación en aquellos territorios en los que resulta de aplicación el régimen establecido en la fase II.

Segundo.— Efectos y vigencia. La presente Orden produce efectos desde el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” y será de aplicación, hasta en tanto se acuerde el levantamiento de las medidas por las autoridades competentes en materia de sanidad y servicios sociales. A tal efecto, queda en suspenso la aplicación de la Orden CDS/569/2020, de 8 de julio, por la que se adoptan medidas de prevención y contención en los centros de servicios sociales especializados para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el virus SARS-CoV-2 tras la finalización del estado de alarma, a excepción de las medidas de aplicación general y de las remisiones previstas en la Orden CDS/619/2020, de 21 de julio, siendo, por tanto, esa Orden de 8 de julio, de aplicación parcial.

Tercero.— Régimen de recursos. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 29 de julio de 2020.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA