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ORDEN HAP/151/2020, de 7 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 30 de enero de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la modificación de un puesto de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos y se acuerda la modificación de su retribución.

Publicado el 04/03/2020 (Nº 44)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Aprobado por el Gobierno de Aragón, el día 30 de enero de 2020, el Acuerdo por el que se aprueba la modificación de un puesto de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Aragonesa de Servicios Telemáticos y se acuerda la modificación de su retribución, se procede a su publicación como anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 7 de febrero de 2020.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN

ACUERDO DE 30 DE ENERO DE 2020, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE UN PUESTO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL PROPIO DE LA ENTIDAD PÚBLICA ARAGONESA DE SERVICIOS TELEMÁTICOS Y SE ACUERDA LA MODIFICACIÓN DE SU RETRIBUCIÓN

La entidad de derecho público Aragonesa de Servicios Telemáticos (en adelante AST) se crea por Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la Entidad Pública Aragonesa de Servivios Telemáticos, como una entidad de derecho Público de las reguladas en el artículo 79 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, gozando de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

El Decreto 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, adscribe AST al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, "las retribuciones básicas y complementarias del personal laboral se fijarán por el Gobierno de Aragón a propuesta de los órganos superiores de gobierno o administración correspondientes de cada entidad, dando cuenta de ello a las Cortes de Aragón".

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 81 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación a la gestión del personal de las entidades de derecho público, estas deben proceder a la aprobación y publicación de sus instrumentos de ordenación de puestos de trabajo, y esta aprobación estará sujeta al procedimiento establecido en el apartado 2 del mismo artículo. En concreto, con carácter previo a la aprobación o modificación del instrumento de ordenación de puestos de trabajo, se requerirá informe de la Dirección General competente en materia de Función Pública.

El artículo 7 de la referida Ley de creación de la Entidad regula las atribuciones del Consejo de Dirección de AST como órgano colegiado de dirección y control de la misma, entre las que se encuentran proponer al Gobierno de Aragón la plantilla y las retribuciones complementarias del personal de la entidad.

De acuerdo con lo señalado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, el Consejo de Dirección de AST aprobó con fecha 16 de abril de 2018 la plantilla de personal laboral propio de la entidad y del personal funcionario adscrito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón integrado en la entidad y se propuso la retribución para cada uno de los puestos. Posteriormente, el Consejo de Gobierno, con fecha 5 de junio de 2018, aprobó la plantilla de la Entidad y fijó las retribuciones básicas y complementarias del personal laboral propio de AST, así como las complementarias del personal funcionario adscrito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón integrado en la entidad.

Con fecha 19 de septiembre de 2019 AST ha propuesto la modificación del puesto número 23956 de su plantilla (Responsable Área Gestión Clientes), que en la actualidad está aprobada con un nivel 28, grupo A1, complemento específico B, y un apartado de observaciones en el que se indica "Disposición transitoria 4 de la Ley de Función Pública de Aragón a raíz de la aplicación de la Ley 1/2017, de 8 de febrero", por la que se introduce un complemento personal transitorio. La retribución aprobada del puesto supone un total de 46.248,88 euros brutos anuales.

La propuesta de modificación consiste en la inclusión del subgrupo A2, la modificación del nivel del puesto de 28 a 26 y la supresión del apartado observaciones, con efectos de 7 de marzo de 2020, en la que se producirá la jubilación del trabajador que ocupa la plaza en la actualidad. La retribución del puesto será la correspondiente a la del personal funcionario en el mismo nivel y dedicación.

A la vista del informe favorable del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de 27 de noviembre de 2019, el Consejo de Dirección de AST, en su reunión de 17 de diciembre de 2019, acuerda aprobar la modificación de la plaza número 23956 de la Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos, "Responsable Área Gestión de Clientes", en el sentido de asignarle un nivel 26, incluir el subgrupo A2 y suprimir el apartado observaciones, así como proponer al Gobierno la fijación de una retribución correspondiente a la de un nivel 26 con complemento específico B, que en el año 2019 fue de 43.405,20 euros, pero que en la actualidad supone 43.458,3 euros brutos anuales, de acuerdo con la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2020. Dicha modificación tendrá efectos el 7 de marzo de 2020.

De acuerdo con lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1/2017, de 8 de febrero y demás normativa aplicable, procede aprobar la modificación de uno de los puestos de la plantilla de personal laboral propio de AST y acordar la modificación de las retribuciones del mismo.

En consecuencia, a iniciativa de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de enero de 2020, se adopta el siguiente

Aprobar la modificación del puesto número RPT 23956 de la plantilla de personal laboral propio de AST, en el sentido que figura en el anexo I.

Modificar las retribuciones básicas y complementarias del puesto número RPT 23956 del personal laboral propio de AST, en el sentido que figura en el anexo II. Estas retribuciones serán actualizadas conforme a lo que se establezca cada año en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Incorporar las retribuciones fijadas en el Portal de Transparencia, dando cuenta de ello a las Cortes de Aragón.

El presente Acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y producirá efectos a partir del día 7 de marzo de 2020.

Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Hacienda y Administración Pública, al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento y a la Entidad de Derecho Público AST.