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DECRETO 167/2018, de 9 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO).

Publicado el 23/10/2018 (Nº 205)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón dispone en su artículo 71.57.ª que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de protección civil que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación, la coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad.

En el artículo 20.1 de la vigente Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón, se definen los planes de protección civil como aquellos que establecen el marco orgánico y funcional de las autoridades, órganos y organismos, así como los mecanismos de movilización de los medios materiales y personales, tanto públicos como privados, necesarios para la protección de la integridad física de las personas, los bienes y el patrimonio colectivo y ambiental ante situaciones de emergencia colectiva.

La citada Ley 30/2002, de 17 de diciembre, determina también en su artículo 24 que serán objeto de un Plan especial de protección civil, las situaciones de emergencia provocadas por inundaciones, riesgos sísmicos, químicos, incendios forestales y transportes de mercancías peligrosas, de conformidad con las directrices básicas aprobadas por el Gobierno central.

Mediante Decreto 118/2011, de 31 de mayo, vigente hasta la actualidad, se aprobó el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (Procinfo), derogando el Decreto 226/1995, de 17 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprobó el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales.

El tiempo transcurrido desde la aprobación del anterior plan y las modificaciones normativas producidas desde entonces, aconsejan la elaboración de un nuevo Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales que sustituya al anterior. Este plan se ha elaborado de conformidad con lo señalado en los artículo 28 y siguientes de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón, y en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, aprobada por Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre.

El plan especial de referencia, PROCINFO, tiene por objeto establecer la organización jerárquica y funcional, así como los procedimientos de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponde al Gobierno de Aragón, y los que puedan ser asignados al mismo por otras administraciones públicas o por otras entidades públicas o privadas, al objeto de hacer frente a las emergencias por incendios forestales, dentro de su ámbito territorial.

El Plan, ha sido informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de Aragón en sesión celebrada el 14 de junio de 2018 y por la Comisión Permanente del Consejo Nacional de Protección Civil en sesión celebrada el día 10 de septiembre de 2018.

En virtud de todo cuanto antecede, previos los informes correspondientes, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 9 de octubre de 2018,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO).

Se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO), cuyo texto se inserta a continuación.

Disposición derogatoria única. Derogación.

Desde la entrada en vigor del presente decreto queda derogado el Decreto 118/2011, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO).

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

Se faculta al Consejero competente en materia de protección civil para dictar cuantas disposiciones estime oportunas para la aplicación y desarrollo de este Plan.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2019.

Zaragoza, 9 de octubre de 2018.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Presidencia

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO