DECRETO 8/1997, de 11 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se prorroga durante 1997 la vigencia del Programa de ordenación integral del Somontano del Moncayo.
DECRETO 8/1997, de 11 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se prorroga durante 1997 la vigencia del Programa de ordenación integral del Somontano del Moncayo.
Finalizado el periodo de vigencia del Programa de ordenación integral del Somontano del Moncayo, aprobado mediante Decreto 15/1993, de 9 de marzo, en desarrollo de la Ley 1/1992, de 17 de febrero, de medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo, sin haberse ejecutado la totalidad de las inversiones programadas en el cuatrienio como consecuencia de la insuficiencia de los recursos presupuestarios disponibles y, de conformidad con el acuerdo de 19 de noviembre de 1996, del Consejo de Coordinación del Somontano del Moncayo, es preciso prorrogar la vigencia del Programa durante 1997 con el fin de dar cumplimiento al mandato contenido en aquella Ley. A tal efecto, la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1997 recoge las dotaciones presupuestarias necesarias para financiar las acciones derivadas de la prórroga del Programa.
Por ello, en virtud de la Disposición Final Segunda de la Ley 1/1992, de 17 de febrero, a propuesta del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de febrero de 1997,
DISPONGO:
Artículo único.--Prórroga de la vigencia del Programa.
Por el presente Decreto se prorroga durante 1997 la vigencia del Programa de ordenación integral del Somontano del Moncayo, aprobado mediante Decreto 15/1993, de 9 de marzo, para dar cumplimiento a las previsiones contenidas en el mismo.
Disposición final primera.--Habilitación para disposiciones de desarrollo.
Se faculta al Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes para que dicte las disposiciones que resulten necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Disposición final segunda.--Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Dado en Zaragoza, a once de febrero de mil novecientos noventa y siete.
El Presidente de la Diputación General, SANTIAGO LANZUELA MARINA
El Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, JOSE VICENTE LACASA AZLOR