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Habiéndose intentado sin efecto notificar la incoación de los procedimientos sancionadores que a continuación se relacionan, por infracción de la normativa vigente en materia de tráfico urbano, se procede a su práctica mediante el presente anuncio según disponen los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Publicado el 04/12/2001 (Nº 279)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. - SECCION SEXTA
Emisor: ZUERA

Texto completo:

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe servir de notificación inicial, informándoles asimismo de que: 1.º Los correspondientes expedientes obran en la oficina de denuncias del Ayuntamiento de Zuera. Dentro del plazo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto, podrán alegar cuanto consideren conveniente y proponer las pruebas que estimen oportunas, mediante escrito de descargo presentado en el Registro General del Ayuntamiento y dirigido al señor alcalde. 2.º El pago de las sanciones podrán realizarlo en efectivo en las oficinas municipales, admitiéndose el pago por giro postal a este Ayuntamiento o mediante transferencia bancaria a la cuenta número 01030062960100011721 del Banco Zaragozano, indicando siempre en sus ingresos el número de expediente, matrícula y fecha de denuncia. Las sanciones que se hagan efectivas dentro de los diez días siguientes al de la publicación del presente edicto contarán con una reducción del 20% sobre la cuantía fijada provisionalmente. 3.º Conforme establece el artículo 72.3 del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo (BOE núm. 63, de 14 de marzo), el titular del vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción, y si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada será sancionado pecuniariamente como autor de falta grave; en el supuesto de que el titular sea una persona física, con el fin de simplificar el procedimiento, se entenderá que es ésta la infractora del hecho denunciado. 4.º Asimismo se les comunica que en el caso de no pagar la denuncia en la forma indicada, ni efectuar alegaciones en el plazo de quince días antes citado, la propuesta de iniciación del procedimiento será considerada propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE de 9 de agosto), con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo. Relación de expedientes sancionadores: Nombre y apellidos, matrícula, artículo infringido, sanción en pesetas, sanción en euros, clase y número de expediente Ricardo Altimasveres Idineo. Z-3068-BD. Ordenanza de Circulación del Ayuntamiento de Zuera. 7.500. 45,08. Leve. 11201. María Pilar González Enguita. Z-2296-BC. 17.a). 3.000. 18,03. Leve. 12001. José Manuel Aznar Ferrer. Z-0477-Y. 17.a). 3.000. 18,03. Leve. 12101. Oscar Murillo Sobrino. Z-7654-G. 17. 3.000. 18,03. Leve. 12201. Javier Pascual Moreno Rufas. Z-2218-BG. 17.a). 3.000. 18,03. Leve. 13301. Antonio Jaso Ligorred. Z-3561-AZ. 17.a). 3.000. 18,03. Leve. 13901. Zuera, 21 de noviembre de 2001. - El alcalde, Francisco Javier Puyuelo Castillo.