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Doña María de la O Colmenares Orden, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia ...

Publicado el 06/03/2009 (Nº 52)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 9

Texto completo:

Doña María de la O Colmenares Orden, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Zaragoza; Hace saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el núm. 1.586/2008, a instancia de Caja de Ahorros de la Inmaculada contra Melanio Ondo Edjag, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación, se enumeran a continuación: 1. Piso cuarto L, en la cuarta planta alzada de la casa situada en Zaragoza, barrio de la Romareda, calle Batalla de Clavijo, hoy Hermanos Pinzón, 2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Zaragoza al libro 1.063, tomo 2.597, folio 171, finca 24.467. Valor de tasación: 143.000 euros. La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado (sito en plaza del Pilar, 2), el día 29 de abril de 2009, a las 10.00 horas. Condiciones de la subasta: 1.ª Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Identificarse de forma suficiente. 2. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta. 3. Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, cuenta número 4920 0000 05 158608, o de que han prestado aval bancario por el 30% del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. 2.ª Sólo la parte ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. 3.ª Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito, en sobre cerrado, y con las condiciones expresadas anteriormente. 4.ª Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del avalúo se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 5.ª La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado. 6.ª Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito de la parte actora continuarán subsistentes, entendiéndose que por el solo hecho de participar en la subasta el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. 7.ª No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado. 8.ª Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados. 9.ª Sirva la publicación del presente edicto de notificación al ejecutado si no ha sido posible su notificación de forma personal. Dado en Zaragoza a trece de febrero de dos mil nueve. - La secretaria judicial, María de la O Colmenares Orden.