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Ha sido aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de 2008, ...

Publicado el 06/03/2009 (Nº 52)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: LOS FAYOS

Texto completo:

Ha sido aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de 2008, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquél del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución y plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Presupuesto Estado de ingresos A) Operaciones corrientes: 1. Impuestos directos, 17.506,12. 2. Impuestos indirectos, 5.000. 3. Tasas y otros ingresos, 29.150. 4. Transferencias corrientes, 97.909,07. 5. Ingresos patrimoniales, 1.800 B) Operaciones de capital: 7. Transferencias de capital, 336.961,36. 9. Pasivos financieros, 4.287,45. Total del estado de ingresos, 492.614 euros. Estado de gastos A) Operaciones corrientes: 1. Gastos de personal, 59.590,53. 2. Gastos en bienes corrientes y servicios, 62.500. 3. Gastos financieros, 1.500. 4. Transferencias corrientes, 7.100. B) Operaciones de capital: 6. Inversiones reales, 359.548,40. 9. Pasivos financieros, 2.375,07. Total del estado de gastos, 492.614 euros. Plantilla y relación de puestos de trabajo A) Personal funcionario 2008: Denominación, número de plazas, grupo, escala, subescala, nivel de complemento de destino y situación Secretario-interventor. Una. A. Habilitación nacional. Secretaría-Intervención. 24. Vacante. Administrativo. Una. C. Administración General. Administrativa. 18. Vacante. B.1) Personal laboral temporal: Denominación: Operario de servicios múltiples. Número de puestos de trabajo: Uno. 2. Personal laboral temporal 2008: Denominación: Peón de construcción. Número de puestos de trabajo: Dos. Observaciones: Convenio INAEM (dos meses). Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señalados en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. Los Fayos, 11 de febrero de 2009. - El alcalde, José Luis Vela Vidorreta.