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Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número ...

Publicado el 14/12/2010 (Nº 285)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 5

Texto completo:

Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento ordinario 711/2010, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Elena Ursu, Mónica Cazaciuc contra la empresa Cacao y Especias de Ultramar, S.L., Ana Isabel Gracia Larrosa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: «Decreto del secretario judicial don Miguel Angel Esteras Pérez. - En Zaragoza, a seis de octubre de dos mil diez. Antecedentes de hecho: Primero. - Elena Ursu, Mónica Cazaciuc han presentado demanda contra Cacao y Especias de Ultramar, S.L., Ana Isabel Gracia Larrosa de ordinario. Segundo. - Se ha requerido a Elena Ursu, Mónica Cazaciuc para que subsanen los defectos advertidos en la demanda, en el plazo de cuatro días. Tercero. - La parte demandante ha presentado escrito de subsanación de los defectos formales advertidos en la demanda, requeridos en diligencia de fecha día 23 de julio de 2010. Fundamentos de derecho: ònico. - Subsanados en tiempo y forma por el demandante los defectos formales advertidos en su demanda procede su admisión y de conformidad con el artículo 82 de la LPL señalo el próximo 18 de abril de 2011 a las 11,00 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 5, sita en calle Alfonso I, 17, planta 2, Zaragoza, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el secretario judicial el 18 de abril de 2011 a las 10,30 horas. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva: Acuerdo: -Admitir la demanda presentada. -Señalar el próximo día 18 de abril de 2011 a las 10,30 horas para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario Judicial, y 18 de abril de 2011 a las 11,00 horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio. -Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el secretario judicial en el primer caso y el/la magistrado/a-juez/a en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. Se tiene por anunciada la prueba de interrogatorio y testifical. Cítese a juicio al representante legal de la empresa demandada. Se tiene por hecha la manifestación de que se valdrá de letrado para el acto de juicio. -Antes de la notificación de esta resolución a la partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado. Notifíquese a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Cacao y Especias de Ultramar, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza, a dos de noviembre de dos mil diez. - El secretario judicial, Miguel Angel Esteras Pérez.