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Cédula de notificación

Publicado el 21/10/2010 (Nº 242)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 6

Texto completo:

Cédula de notificación Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 231/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Cristina Ramos Serrano contra la empresa Hostelería en Ruta, S.L., sobre tutela de derechos fundamentales, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: «Parte dispositiva: Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 22 de marzo de 2010, a favor de la parte ejecutante Cristina Ramos Serrano frente a la parte ejecutada Hostelería en Ruta, S.L., por importe de 31.410 euros en concepto de principal, más 3.141 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante a ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Notifíquese a las partes. Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Así lo acuerda y firma su señoría». «Parte dispositiva: Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese a las partes. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta núm. 4917 de Banesto, debiendo indicar en el campo concepto la indicación "recurso", seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión". Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. El secretario judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Hostelería en Ruta, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a veintinueve de septiembre de dos mil diez. - El secretario judicial, Miguel Angel Esteras Pérez.