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Cédula de notificación Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado ...

Publicado el 22/05/2012 (Nº 114)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 2

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 99/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Ana Carmen Gutiez Catalán, María Ediltrudi Montes Rodríguez y María Soledad Liarte Martínez contra la empresa Peluquerías Ponte al Día, S.L., sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones, que dicen: «Número de autos: Procedimiento ordinario número 468/2011 del Juzgado de lo Social número 2. Ejecución: Ejecución de títulos judiciales número 99/2012. Ejecutantes: Ana Carmen Gutiez Catalán, María Ediltrudi Montes Rodríguez y María Soledad Liarte Martínez. Abogado: José Antonio Valero Barbanoj. Ejecutada: Peluquerías Ponte al Día, S.L. Auto. - Magistrado-juez don César de Tomás Fanjul. - En Zaragoza, a 2 de mayo de 2012. Antecedentes de hecho: Unico. Ð Ana Carmen Gutiez Catalán, María Ediltrudi Montes Rodríguez y María Soledad Liarte Martínez han presentado demanda de ejecución de sentencia de fecha 7 de marzo de 2012 frente a Peluquerías Ponte al Día, S.L. Parte dispositiva: Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 7 de marzo de 2012 a favor de la parte ejecutante Ana Carmen Gutiez Catalán, María Ediltrudi Montes Rodríguez y María Soledad Liarte Martínez frente a la parte ejecutada Peluquerías Ponte al Día, S.L., por importe de 4.053,62 euros en concepto de principal, más 486 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social. Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 2 abierta en Banesto, cuenta número 4914000064009912, debiendo indicar en el campo "concepto" la indicación "recurso", seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código "30 Social-Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de "observaciones" la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe. - El magistrado-juez. - La secretaria judicial». «Número de autos: Procedimiento ordinario número 468/2011 del Juzgado de lo Social número 2. Ejecución: Ejecución de títulos judiciales número 99/2012. Ejecutantes: Ana Carmen Gutiez Catalán, María Ediltrudi Montes Rodríguez y María Soledad Liarte Martínez. Abogado: José Antonio Valero Barbanoj. Ejecutada: Peluquerías Ponte al Día, S.L. Diligencia de ordenación. - Secretaria judicial doña Pilar Zapata Camacho. - En Zaragoza a 2 de mayo de 2012. Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.053,62 euros de principal y 486 euros en concepto de intereses y costas, y habiendo sido declarada Peluquerías Ponte al Día, S.L., insolvente provisional por este mismo Juzgado en la ejecución de títulos judiciales número 308/2011, mediante decreto dictado con fecha 23 de marzo de 2012, y de conformidad con el artículo 274 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo dar audiencia al ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho convengan y designen los bienes de la deudora principal que les consten. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a juicio del recurrente, contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La secretaria judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Peluquerías Ponte al Día, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a dos de mayo de dos mil doce. - La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.