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Por el presente, intentada la notificación del e.r.s. núm. 1.762/03.02.2012, que ...

Publicado el 22/05/2012 (Nº 114)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: BENICARLO

Texto completo:

Por el presente, intentada la notificación del e.r.s. núm. 1.762/03.02.2012, que a continuación se transcribe, a Diego Muñoz Rodríguez, siendo infructuosa la misma por no haberse podido practicar la notificación de forma correcta por ser desconocido su domicilio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zaragoza, y cuyo texto de la citada notificación es del siguiente tenor literal: «Asunto: Procedimiento ordinario núm. 765/2011 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Castellón (Teresa Francisca y María Isabel Catalán Segarra). Expediente: 43/2011-Secretaría. Con motivo del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Teresa Francisca y María Isabel Catalán Segarra contra el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Benicarló de fecha 28 de julio de 2011, por el que se aprueban los siguientes instrumentos: el modificado del proyecto de urbanización del programa de actuación integrada en el tramo comprendido entre el paseo Marítimo y la calle del Doctor Fleming, así como la memoria y cuenta detallada para la imposición de cuotas de urbanización provisionales que recoge la retasación de las cargas de urbanización correspondientes y la Ordenanza municipal para la ordenación e imposición de un canon de urbanización para la repercusión del coste de las obras de urbanización del programa de actuación integrada de referencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a Diego Muñoz Rodríguez, como parte interesada, para que pueda personarse en autos como demandado en el plazo de nueve días, si a su derecho conviniere, haciéndole saber que deberá comparecer asistido por abogado y representado por procurador, a excepción de que el primero asuma también su representación, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 de la citada ley». Benicarló (Castellón), 11 de mayo de 2012. - El alcalde, Marcelino Domingo Pruñonosa.