Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Sestrica para ...

Publicado el 22/05/2012 (Nº 114)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: SESTRICA

Texto completo:

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Sestrica para el ejercicio 2012, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, comprensivo aquel del presupuesto general de la entidad, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos: Presupuesto 2012 Estado de gastos EUROS A) Operaciones no financieras: A.1. Operaciones corrientes: Capítulo 1: Gastos de personal 99.648 Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios 165.608,85 Capítulo 3: Gastos financieros 3.000 Capítulo 4: Transferencias corrientes 58.400 A.2. Operaciones de capital: Capítulo 6: Inversiones reales 298.510,17 B) Operaciones financieras: Capítulo 9: Pasivos financieros 17.000 Total 642.167,02 Estado de ingresos A) Operaciones no financieras: A.1. Operaciones corrientes: Capítulo 1: Impuestos directos 188.801 Capítulo 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos 69.500 Capítulo 4: Transferencias corrientes 85.966,02 Capítulo 5: Ingresos patrimoniales 129.900 A.2. Operaciones de capital: Capítulo 7: Transferencias de capital 168.000 Total 642.167,02 Plantilla de personal A) Personal funcionario: -Una plaza de secretario-interventor. B) Personal laboral fijo: -Una plaza de operario de servicios múltiples. C) Personal laboral temporal: -Una plaza de personal de limpieza (70% jornada). -Una plaza de animador cultural (70% jornada). -Una plaza de peón de jardinería (convenio DPZ). -Dos plazas de peón de jardinería (convenio INAEM). Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señalados en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. Sestrica, a 4 de mayo de 2012. - El alcalde, Miguel Pinilla Embid.