Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Lumpiaque para ...
Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Lumpiaque para el ejercicio 2009, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquél del presupuesto general de la entidad, bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos. Presupuesto de la entidad Estado de gastos 1. Gastos de personal, 288.500. 2. Gastos en bienes corrientes y servicios, 356.300. 3. Gastos financieros, 321,91. 4. Transferencias corrientes, 3.100. 6. Inversiones reales, 673.394,21. Total gastos, 1.321.616,12 euros. Estado de ingresos 1. Impuestos directos, 171.500. 2. Impuestos indirectos, 8.100. 3. Tasas y otros ingresos, 194.200. 4. Transferencias corrientes, 205.700. 5. Ingresos patrimoniales, 58.800. 7. Transferencias de capital, 683.316,12. Total ingresos, 1.321.616,12 euros. Plantilla de personal A) Funcionarios de carrera: -Una plaza de Secretaría-Intervención. Grupo A1/A2. Escala Secretaría-Intervención. Cubierta. -Una plaza de auxiliar administrativo. Grupo D. Cubierta. B) Personal laboral fijo: -Una plaza de operario de servicios múltiples. Grupo E. Cubierta. -Una plaza de personal de limpieza. Cubierta. -Una plaza de subalterno de oficinas. Interinidad. C) Personal laboral eventual: -Una plaza de educador de adultos. Dos tercios de jornada. Plan provincial de educación de adultos de la DPZ. -Cuatro plazas de personal de oficios varios. Convenio INAEM- Corporaciones locales. -Cuatro plazas de personal de oficios varios. Convenio DPZ. -Dos plazas de personal piscinas-socorrista. -Dos plazas de personal piscinas-taquilleros. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recuso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lumpiaque a 30 de septiembre de 2010. - La alcaldesa, Mercedes Sediles Barbod.