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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico ...

Publicado el 22/05/2012 (Nº 114)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: CASPE

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar las notificaciones en el domicilio de los presuntos responsables de infracciones del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre) y Reglamento de Servicio de Regulación de Estacionamiento Regulado de Rotación en la Vía Pública (ESRO), aprobado por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 17 de febrero de 2009, cometidas por los vehículos que figuran como de su titularidad, se hace publicar notificación del inicio de los expedientes sancionadores que se indican en anexo, instruidos por el Servicio de la Policía Local, obrando los mismos en las oficinas municipales. La notificación se realiza bajo los siguientes apercibimientos: 1. En virtud de los principios de economía y simplicidad procedimental, se entenderá que el titular/conductor habitual del vehículo que consta en la DGT es el conductor si no facilita en el plazo de quince días naturales siguientes a la recepción de esta notificación el nombre, domicilio y número del permiso o licencia de conducción que permita la identificación del conductor en el Registro de Conductores e Infractores. Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores deberá facilitar copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España (art. 9 bis del Real Decreto legislativo 339/1990, que aprueba la Ley de Seguridad Vial). Tales datos los comunicará en la oficinas de este Ayuntamiento (sitas en plaza de España, número 1, 50700 Caspe, advirtiéndole del deber de conocer y facilitar todos los datos necesarios para identificar verazmente al conductor responsable de la infracción, y, si incumpliere esta obligación le será instruido expediente sancionador por supuesta comisión de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5 j) del Real Decreto legislativo 339/1990 antes citado, cuya multa será del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y del triple si es infracción grave o muy grave. De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho (art. 69.1.b Real Decreto legislativo 339/1990). 2. En el supuesto de que el titular fuera el conductor, le notificamos el derecho que le asiste a la vista del expediente que obra en la oficinas municipales, así como del derecho de hacerse efectiva con la reducción del 50% durante los veinte días naturales siguientes a la notificación, teniéndose en este caso por concluido el procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, renunciando a formular alegaciones. En caso de formularlas se entenderán por no presentadas, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo (art. 80 del Real Decreto legislativo 339/90). En el caso de no proceder al abono de la denuncia con la reducción establecida, en el mismo plazo de veinte días naturales podrán formularse las alegaciones y proponerse las pruebas que se estimen convenientes. Caso de no presentarlas el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo, surtiendo la notificación de denuncia el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, finalizando la vía administrativa, pudiendo ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia (art. 81 del Real Decreto legislativo 339/1990), sin perjuicio de poder interponer, en el plazo de un mes, con carácter potestativo, recurso de reposición (art. 82 del Real Decreto legislativo 339/1990). En caso de constar número de puntos, se detraerán del permiso o licencia para conducir cuando la sanción sea firme. El interesado puede consultar su saldo de puntos en www.dgt.es. 3. El plazo máximo de duración del procedimiento sancionador será de un año, a contar desde la fecha de inicio hasta el intento de notificación de la resolución sancionadora; caso contrario se producirá su caducidad, excepto los supuestos legales de suspensión (art. 92.3 del Real Decreto legislativo 339/1990). Caspe, a 11 de mayo de 2012. -El alcalde. ANEXO Relación que se cita

N.º exp. Sancionado Matrícula Art. infr. Euros Población C.P. Clase 201211393 MIRTCHEV MARIN MIRTCHE Z 8342 BJ 91.2.5G 200,00 FRAGA 22520 GRAVE 201211415 VILLAGRASA MARTI, JOSE M M 3088 SP 94.2A.5H 90,00 BARCELONA 8004 LEVE 201211418 KOVTONYUK SERHIY T 1048 BF 94.2C.5U 90,00 VALDERRO. 44580 LEVE 201211577 MONZON GRACIA, JAVIER F. 7197 BBB 94.2A.5Q 200,00 ANDORRA 44500 GRAVE 201211267 SUÑE MURILLO, JOSE 7870 CSV 94.2E.5X 200,00 CASPE 50700 GRAVE 201211413 SUÑE MURILLO, JOSE 7870 CSV 154.1.5B 80,00 CASPE 50700 LEVE 20122873 PORCHER ALVAREZ, E. T 5588 AW 94.2B.5S 30,00 VIELHA-MIJ 25530 LEVE 20122880 RAMOS HERNANDEZ. D.M. GC 5964 CG 94.2B.5S 30,00 PUERTO ROS 35600 LEVE 20122905 EL AFDAL ABDELMAJID B 8839 MZ 94.2B.5T 30,00 LA RIBA 43450 LEVE 20122909 AGUAVIVA PLOU, JOSE C. 0473 HCG 94.2B.5S 30,00 ZARAGOZA 50015 LEVE 20122912 MARTINEZ GOMEZ, FRANC. B 9783 VW 94.2B.5S 30,00 SANT FELIU 8980 LEVE 20122923 PERALTA PRIMICIA, C. 8068 GTB 94.2B.5S 30,00 MARIA H. 50430 LEVE 20122948 MANZANARES ESTRADA, M. 1652 BBL 94.2B.5S 30,00 ESCATRON 50790 LEVE 20122964 JARQUE FALCON, CRISTINA Z 7382 BN 94.2B.5S 30,00 ESCATRON 50790 LEVE 20122958 BEAUTIFUL CARS, S.L. 8060 CDD 94.2B.5S 30,00 LERIDA 25002 LEVE 20122984 PANDURA CHRISTOPH K. 3742 BMF 94.2B.5T 30,00 MEQUINENZA 50170 LEVE 20122992 ADRIAN FERRER,Mª TERESA 5817 FPS 94.2B.5S 30,00 VALENCIA 46193 LEVE 20123031 MEZA BRAVO,TITO ARSENIO 1023 FLK 94.2B.5S 30,00 TORTOSA 43500 LEVE 20123072 CLOSAS FIGUEROLA, JORDI 6683 DMG 94.2B.5S 30,00 BADALONA 8910 LEVE 20123074 KUSWIK DOROTA, IZABELA B 3527 SD 94.2B.5S 30,00 MISLATA 46920 LEVE 20122899 BARBU VASILE TE 4119 F 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20122924 SANCHO MATEO, Mª PILAR 6870 CXN 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20122949 CRASMARIUC COSTEL 2970 DWS 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20122975 CRASMARIUC COSTEL 2970 DWS 94.2B.5T 30,00 CASPE 50700 LEVE 20122982 BELTRAN GUARDIA, M. 4050 CGB 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20123001 MESTRE TENA, ENRIQUE 9017 BFC 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20123030 BARBU VASILE TE 4119 F 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20123059 FRANCISCO CONTRERAS, D. SO 2605 G 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE 20123068 KHAN SHERAZ B 3424 VJ 94.2B.5S 30,00 CASPE 50700 LEVE