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ORDEN de 24 de abril de 2012 del consejero de Industria e Innovación, por la que ...

Publicado el 22/05/2012 (Nº 114)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN. SECCION DE ENERGIA ELECTRICA

Texto completo:

ORDEN de 24 de abril de 2012 del consejero de Industria e Innovación, por la que se declara la utilidad pública del proyecto de gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza). Expediente GAS 1761. Visto el expediente incoado por el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza a petición de Endesa Gas Transportista, S.L.U., por el que se solicita la declaración en concreto de la utilidad pública del proyecto de gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza), y sus instalaciones auxiliares, y de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se han apreciado los siguientes Antecedentes: Primero. - Con fecha 17 de octubre de 2011, don Fernando Cortina González, en su condición de apoderado de Endesa Gas Transportista, S.L.U., presentó, en nombre y representación de la citada mercantil, solicitud de aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones del gasoducto a Belchite (Zaragoza). En dicho proyecto, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución de 28 de junio de 2010 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de gasoducto de transporte secundario a Belchite. Segundo. - Mediante Resolución de 2 de noviembre de 2011 del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Zaragoza se otorgó a Endesa Gas Transportista, S.L.U., autorización administrativa previa para la construcción del gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite (Expediente GAS-1761). Tercero. - Con fecha 14 de noviembre de 2011, don Fernando Cortina González presentó, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L.U., adenda al proyecto de ejecución citado y solicitó el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto gasoducto a Belchite y sus instalaciones auxiliares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 95 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. Cuarto. - De acuerdo con el artículo 104 de la Ley 34/1998 y el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, el proyecto y la adenda citados se sometieron al trámite de información pública, incluyendo la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa u ocupación al objeto de presentar las alegaciones pertinentes. A tal efecto se publicó, con fecha 10 de febrero de 2012, en los diarios "El Periódico de Aragón" y "Heraldo de Aragón". Asimismo se publicó el anuncio en el BOPZ de 15 de febrero de 2012 y en el "Boletín Oficial de Aragón" de fecha 16 de febrero de 2012, y fue expuesto en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite y se efectuó notificación individual. Quinto. - Concluido el plazo del trámite de información pública se formularon alegaciones por doña Pilar Perún Montanel por la finca ZA-BE-4 (Pol.: 513, Parc.: 155), doña Rosa Benedicto Martínez por la finca ZA-BE-72 (Pol.: 604, Parc.: 5.594), don Manuel Salvador Grasa por la finca ZA-ME-6 (Pol.: 3, Parc.: 5), doña Laura Cabero Hernández, actuando en nombre y representación de don Luis Cavero Quintín, por la finca ZA-ME-38 (Pol.: 24, Parc.: 184), doña María del Carmen Asensio Calvete por la finca ZA-BE-21 (Pol.: 512, Parc.: 60), don Fernando Jaime Dillet, por las finca ZA-BE-40 (Pol.: 606, Parc.: 27), por la mercantil Transportes El Burgo de Ebro, S.A., por el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en Zaragoza, por el Servicio de Infraestructuras Urbanas y Vías y Obras de la Diputación Provincial de Zaragoza, el Ayuntamiento de Mediana de Aragón y por la Comunidad de Regantes de Belchite. Las alegaciones fueron remitidas al solicitante para que conforme con el artículo 97 del Real Decreto 1434/20042 se remitieran en un plazo de quince días las manifestaciones oportunas. Sexto. - Mediante Resolución de 29 de marzo de 2012 del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza se aprobó el proyecto de ejecución de instalaciones para la construcción del gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, que afecta a los términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza). Séptimo. - Las alegaciones presentadas no incurren en los supuestos de limitación a la constitución de servidumbre de paso establecidos por el artículo 113 del Real Decreto 1434/2002, tal y como consta en el informe de 20 de abril de 2012 del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, por el que se informa favorablemente el reconocimiento de la utilidad pública del proyecto para la construcción del gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, que afecta a los términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza). Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el texto refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria de Innovación. Fundamentos jurídicos: Primero. - El artículo 104.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, dispone que "Concluida la tramitación, el reconocimiento de la utilidad pública será acordado por el Ministerio de Industria y Energía, si la autorización de la instalación corresponde al Estado, sin perjuicio de la competencia del Consejo de Ministros en caso de oposición de órganos u otras entidades de derecho público, o por el organismo competente de las Comunidades Autónomas en los demás casos". Segundo. - Por otra parte, el artículo 105 de la Ley 34/1998 y el artículo 101 del Real Decreto 1434/2002 disponen que el reconocimiento en concreto de la utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa e igualmente llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación del gasoducto sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales del provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública. Tercero. - Conforme con lo indicado en los antecedentes de esta Orden, el procedimiento para el reconocimiento en concreto de la utilidad pública del proyecto para la construcción del gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, que afecta a los términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza), se ha ajustado a los preceptivos requisitos legales. Por todo ello, Resuelvo: Primero. - Declarar en concreto la utilidad pública del gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite, que afecta a los términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza), cuyas características principales son: -Titular: Endesa Gas Transportista, S.L.U. -Domicilio del titular: Aznar Molina, 2, de Zaragoza. -Emplazamiento de la instalación: Términos municipales de Zaragoza, Mediana de Aragón y Belchite (Zaragoza). -Instalación: Gasoducto de transporte secundario de gas natural a Belchite de 22.043 metros de tubería de acero de 10" de diámetro, a 49,5 bar de presión. Con inicio en la posición BURPU-00 (Zaragoza) del gasoducto El Burgo de Ebro-La Puebla de Alfindén y finalización en la posición a realizar en Belchite (BEL-03). -Posiciones de válvulas y estaciones de regulación y/o medida asociadas al proyecto: Posición de derivación BEL-01, al noroeste del núcleo urbano de Mediana de Aragón. Se trata de una posición de derivación y consta de: Válvula de seccionamiento de diámetro 10" y estación de regulación y medida G-250 MOP 49,5/16. Posición de derivación BEL-02, situada al norte del término municipal de Belchite, entre la carretera A-222 y el pico de Pueyo Cervero. Se trata de una posición de derivación y consta de: Válvula de seccionamiento de diámetro 10" y estación de regulación y medida G-400 MOP 49,5/16. Posición de derivación BEL-03, situada al norte del núcleo urbano de Belchite. Se trata de una posición de derivación y consta de: Válvula de seccionamiento de diámetro 10" y estación de regulación y medida G-400 MOP 49,5/16, junto con la línea eléctrica para suministro a la posición. Segundo. - De acuerdo con el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 101 del Real Decreto 1434/2002, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación del gasoducto sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública. Tercero. - Esta Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el BOPZ y se notificará a los interesados y a la entidad solicitante. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que en Derecho proceda. Igualmente podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes conforme con lo dispuesto por el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Zaragoza, 24 de abril de 2012. - El consejero de Industria e Innovación, Arturo Aliaga López.