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Se va a proceder a la aprobación por parte de la Presidencia de esta Comarca del ...

Publicado el 27/12/2016 (Nº 296)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA CAMPO DE BORJA

Texto completo:

Se va a proceder a la aprobación por parte de la Presidencia de esta Comarca del padrón-lista cobratoria de los recibos relativos al precio público por prestación del servicio de ayuda domiciliaria correspondiente al mes de diciembre del ejercicio 2016, así como cuotas pendientes correspondientes al mes de octubre de 2016, a la tasa por estancia y comedor en centro ocupacional/centro de día para discapacitados de la Comarca Campo de Borja correspondiente al mes de diciembre del ejercicio 2016, al precio público por prestación del servicio de transporte social adaptado de la Comarca Campo de Borja correspondiente al mes de diciembre del ejercicio 2016, tasa por realización de actividades del Servicio Comarcal de Deportes correspondiente al primer período del curso 2016/2017, así como devoluciones de cuotas anteriores. Dicha documentación se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas de la Comarca (sitas en calle Nueva, 6, de Borja), del 14 al 30 de enero de 2016. Contra la resolución cabe la interposición del recurso de reposición regulado en el artículo 14 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón-lista cobratoria de obligados al pago. Contra su resolución podrán los interesados interponer directamente recuro contencioso-administrativo en la forma y plazo regalados en la ley de tal orden jurisdiccional. De conformidad con cuanto disponen la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período de cobranza, con los siguientes plazos y forma de pago. Plazos de pago a) Período voluntario: El cargo en cuenta de los recibos domiciliados tendrá lugar al día siguiente de la finalización de exposición pública del padrón-lista. b) Período ejecutivo: Vencido el período voluntario de pago sin que resultase satisfecha la deuda se iniciará automáticamente el período ejecutivo de cobro, con devengo de los recargos del período ejecutivo, de los intereses de demora correspondiente y de las costas, en su caso. Una vez efectuado el ingreso, será diligenciado el "recibí" de la carta de pago. Lugares de pago a) En las oficinas bancarias donde estén domiciliados los recibos (en período tanto voluntario, como en vía ejecutiva). Borja, a 21 de diciembre de 2016. - El presidente, Juan Calos Yoldi Martínez.