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Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo Social número ...

Publicado el 28/05/2012 (Nº 119)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 6

Texto completo:

Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de cuenta de abogados número 588/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Javier Valverde Lacambra contra Carmen Bernal Tabuenca, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Parte dispositiva: Acuerdo: a) Declarar a la ejecutada Carmen Bernal Tabuenca en situación de insolvencia total por importe de 756 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta núm. 4917 de Banesto, debiendo indicar en el campo concepto la indicación "recurso", seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión". Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de "observaciones" la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. El secretario judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Carmen Bernal Tabuenca, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diez de mayo de dos mil doce. - El secretario judicial, Luis Tomás Ortega Pinto.