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Cédula de notificación Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de ...

Publicado el 28/05/2012 (Nº 119)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 4

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 18/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Juan Carlos Sáez Moreno contra la empresa Jofra Alcañiz Construcciones, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Auto. - Magistrado-juez don Mariano Fustero Galve. - En Zaragoza, a 9 de mayo de 2012. Dispongo: Despachar orden general de ejecución de auto de extinción de la relación laboral de fecha 28 de marzo de 2012 a favor de la parte ejecutante Juan Carlos Sáez Moreno frente a Jofra Alcañiz Construcciones, S.L., parte ejecutada, por importe de 11.207,97 euros en concepto de principal, más 448,31 y 1.120,79 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial y copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social. Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 4, abierta en Banesto, cuenta número 4916-0000-64-(número de procedimiento y año), debiendo indicar en el campo "concepto" la indicación "recurso", seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código "30 Social-Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de "observaciones" la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Jofra Alcañiz Construcciones, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a nueve de mayo de dos mil doce. - La secretaria judicial, Laura Pou Ampuero.