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Cédula de notificación

Publicado el 22/10/2013 (Nº 243)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE LO SOCIAL. JUZGADO NUM. 5

Texto completo:

Cédula de notificación Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 123/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de María Antonia Alexandra Lara contra la empresa Asistencia Domiciliaria Integral de Zaragoza, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Parte dispositiva: Acuerdo: a) Declarar a la ejecutada Asistencia Domiciliaria Integral de Zaragoza, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 26.162,39 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente. Notifíquese a las partes. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 00308005400000000000 abierta en Banesto, debiendo hacer constar en el campo "concepto" la indicación "recurso", seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones de secretario judicial". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones de secretario judicial". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de "observaciones" la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. El secretario judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Asistencia Domiciliaria Integral de Zaragoza, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a dos de octubre de dos mil trece. - El secretario judicial, Miguel Ángel Esteras Pérez.