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Cédula de citación

Publicado el 04/08/2009 (Nº 177)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 5

Texto completo:

Cédula de citación Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza; Hace saber: Que en autos número 587/2009 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Inga Dirsyte contra las empresas Proyecto Hostelero 2004, S.L., y Zapargo, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: «Auto. - En Zaragoza a 8 de junio de 2009. Hechos: Primero. - Que la anterior demanda ha tenido entrada en este Juzgado el día 22 de mayo de 2009, contra Proyecto Hostelero 2004, S.L., y Zapargo, S.L., en materia de despido. Segundo. - Que por resolución de fecha 8 de junio de 2009 se requirió a la parte actora a fin de que subsanara los defectos advertidos en la demanda, lo que ha realizado en tiempo y forma. Razonamientos jurídicos: Primero. - Examinada la jurisdicción y competencia de este Juzgado respecto de la demanda planteada, procede admitir la misma y señalar el día y hora en que han de tener lugar los actos de conciliación y juicio, conforme se establece en el artículo 82.1 de la Ley de Procedimiento Laboral. Segundo. - Conforme al artículo 78 de la Ley de Procedimiento Laboral, si las partes solicitasen la práctica anticipada de pruebas, el juez o el tribunal decidirá lo pertinente para su práctica. Conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, las partes podrán asimismo solicitar aquellas pruebas que habiendo de practicarse en el mismo requieren diligencias de citación o requerimiento, extremo sobre el que de igual forma debe resolverse. Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva: Se tiene por subsanada en tiempo y forma la demanda y se admite a trámite la misma y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 21 de septiembre de 2009, a las 12.00 horas, en la sala de audiencias número 4 de este Juzgado (sito en calle Alfonso I, número 17, segunda planta, edificio Plaza, de Zaragoza), debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Se advierte a las partes de que deberán concurrir al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Se advierte que si el demandante no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda, y que la comparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Al primer otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones relativas a las pruebas propuestas en la demanda, sin perjuicio de que dicha proposición se formule en el acto de la vista. Cítese en forma a los legales representantes de la parte demandada. Al segundo otrosí, se tiene por hecha la manifestación de que se valdrá de letrado para el acto de juicio. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (art. 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, don Manuel Bellido Aspas. Doy fe». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación en legal forma a Proyectos Hostelero 2004, S.L., y Zapargo, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a quince de julio de dos mil nueve. - El secretario judicial, Miguel Angel Esteras Pérez.