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Cédula de notificación

Publicado el 04/08/2009 (Nº 177)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 3

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Raquel Cervero Pinilla, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de demanda número 58/2009, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Alejandro Morales Barrionuevo contra la empresa Promociones Inmobiliarias Aseitao, S.L., sobre ordinario (reclamación de cantidad), se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda formulada por Alejandro Morales Barrionuevo contra la empresa Promociones Inmobiliarias Aseitao, S.L, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 7.192,82 euros, incrementada con el 10% anual por mora en concepto de salarios. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en Banesto, oficina núm. 8005 a nombre de este Juzgado con el núm. 4915000065-58/2009, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en Banesto, oficina núm. 8005, a nombre de este Juzgado, con el número 4915000065-58/2009, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Promociones Inmobiliarias Aseitao, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a nueve de julio de dos mil nueve. - La secretaria judicial, Raquel Cervero Pinilla.