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Cédula de notificación Doña Asunción Corchón Enciso, secretaria judicial del Juzgado ...

Publicado el 30/04/2012 (Nº 96)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE LO SOCIAL. JUZGADO NUM. 2

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Asunción Corchón Enciso, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de despido objetivo individual número 1.093/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Iván Bacal contra las empresas Aimproma, S. Coop., y JLC Construcciones, S. Coop., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Sentencia número 121/2012. - Número de autos: Despido objetivo individual número 1.093/2011. - En la ciudad de Zaragoza a 26 de marzo de 2012. - Don César de Tomás Fanjul, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una y como demandante, Iván Bacal, que comparece asistido de la letrada doña María Teresa Navarro Maures, y de otra, como demandadas, Aimproma, S. Coop., y JLC Construcciones, S. Coop., que no comparecen a pesar de estar citadas en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente resolución: Fallo: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por Iván Bacal contra las empresas demandadas Aimproma, S. Coop., y JLC Construcciones, S. Coop., debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando solidariamente a las empresas demandadas a que procedan a la inmediata readmisión del actor en las mismas condiciones precedentes al despido, o a ejercitar, en su caso, en el plazo de cinco días, la opción indemnizatoria, abonando al actor en concepto de indemnización la cantidad de 12.146,55 euros, y, en todo caso, al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, 31 de octubre de 2011, hasta la de notificación de la sentencia, a razón de 62,29 euros diarios. Modo de impugnación: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto a nombre de esta oficina judicial, con el número 49140000641093/2011, debiendo indicar en el campo concepto "recurso", seguido del código "34 Social-Suplicación", acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a JLC Construcciones, S. Coop., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a once de abril de dos mil doce. - La secretaria judicial, Asunción Corchón Enciso.