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En el procedimiento ordinario número 596/2011-E se ha dictado la resolución cuyos ...

Publicado el 30/04/2012 (Nº 96)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 13

Texto completo:

En el procedimiento ordinario número 596/2011-E se ha dictado la resolución cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: «Sentencia. - En nombre de S.M. el Rey. - En Zaragoza a 8 de febrero de 2012. - Don Armando Barreda Hernández, ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 13 de Zaragoza y su partido, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado con el 596/2011-E, como juicio ordinario, sobre acción de privación de la patria potestad y declamación de guarda y custodia sobre menor de edad, la niña Aroa Carmona Lahoz, a instancia de su madre Aurora Azucena Lahoz Orna, representada por la procuradora doña Begoña Uriarte González y asistida de la letrada doña Altamira Gonzalo Valgañón, colegiada con núm. 2.681, contra Manuel Carmona Sánchez, este último en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio fiscal, y... Vistos los artículos legales citados y demás de legal y pertinente aplicación, Fallo: Estimando íntegramente la demanda promovida por la representación procesal de la menor de edad, la niña Aroa Carmona Lahoz, a instancia de su madre Aurora Azucena Lahoz Orna, se realizan los siguientes pronunciamientos: Primero. - Debo decretar y decreto la privación de la autoridad familiar (la patria potestad en el Código Civil) de la menor de edad, la niña Aroa Carmona Lahoz, a su padre, Manuel Carmona Sánchez. Haciéndose constar que tal declaración en ningún caso suprime las obligaciones y deberes del anterior frente a la hija menor, como son, entre otros, los de prestar alimentos y la de contribuir equitativamente, de acuerdo con sus posibilidades, a la satisfacción de las necesidades familiares. Segundo. - Debo atribuir y atribuyo exclusivamente la autoridad familiar (la patria potestad en el Código Civil) de la menor de edad, la niña Aroa Carmona Lahoz, a la demandante, su madre, Aurora Azucena Lahoz Orna, incluyendo la guarda y custodia de la misma. Tercero. - Líbrense las necesarias comunicaciones al Registro Civil de Zaragoza, donde consta inscrito el nacimiento de la demandante, Aroa Carmona Lahoz, en esa ciudad, con fecha 7 de noviembre de 2008, en su sección 1.ª, tomo 01266 y página 171. Cuarto. - Debo condenar y condeno al demandado Manuel Carmona Sánchez al pago de costas procesales derivadas de este procedimiento. Notifíquese la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 458 y siguientes de la de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciendo saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y que se sustanciará por el trámite previsto al efecto para el juicio verbal y respecto al cual lo resolverá, en su caso, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza, si bien para interponerlo será necesario la previa constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, debiéndose acreditar dicha consignación en el momento de formulación sin cuya acreditación no se admitirá a trámite. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo». Publicación. - Leída y publicada fue la anterior sentencia por el ilustrísimo señor magistrado-juez, la cual dictada fue leída una vez constituido en audiencia privada, en el día de la fecha. Doy fe». Y como consecuencia del ignorado paradero de Manuel Carmona Sánchez, cuyo último domicilio conocido era calle Escultor Palao, núm. 5, 1.¡, de Zaragoza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma. Zaragoza, a diez de abril de dos mil doce. - El/la secretario/a judicial.