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Por Resolución de la señora alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Cadrete número ...

Publicado el 23/03/2012 (Nº 67)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: CADRETE

Texto completo:

Por Resolución de la señora alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Cadrete número 72 de 15 marzo de 2012, se han adoptado los siguientes acuerdos: «Primero. - Aprobar inicialmente el programa de compensación correspondiente a la unidad de ejecución UR-8 del PGOU de Cadrete, de conformidad con la propuesta presentada por Orlando Gajón Alastruey, María Sonia Gajón Alastruey, Pascuala Alastruey Atarés y José Alastuey Alcañiz, que representan a la totalidad de los propietarios del ámbito de la unidad de ejecución. Segundo. - Someter el programa de compensación correspondiente a la unidad de ejecución UR-8 del PGOU de Cadrete al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo común de veinte días mediante anuncio inserto en el BOPZ, con publicación del texto íntegro de la propuesta de convenio urbanístico, tal y como determina el artículo 106.5 a) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón. Tercero. - Notificar la presente resolución de forma individualizada a Orlando Gajón Alastruey, María Sonia Gajón Alastruey, Pascuala Alastruey Atarés y José Alastuey Alcañiz». Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 de la 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, por plazo de veinte días, contados a partir de la aparición del presente anuncio en el BOPZ, quedando el expediente durante dicho plazo en las oficinas municipales para que cuantas personas se sientan interesadas puedan examinarlo y, en su caso, deducir alegaciones. Cadrete, a 15 de marzo de 2012. - La alcaldesa, Angeles Campillos Viñas. ANEXO Convenio urbanístico de gestión entre el Ayuntamiento de Cadrete y los propietarios de las fincas comprendidas en la unidad de ejecución UE R-8 del Plan General de Ordenación Urbana de Cadrete, al amparo del artículo 160.1 b) de la Ley de Urbanismo de Aragón 3/2009, de 17 de junio En la ciudad de Cadrete, a ...... de ...... de 2012. Reunidos: De una parte, ...... Don ...... en su calidad de ...... del Excmo. Ayuntamiento de Cadrete. Y de otra parte, ...... Pascuala Alastruey Atarés, María Sonia Gajón Alastruey, Orlando Gajón Alastruey y José Alastuey Alcañiz. Intervienen: A) Don ......, en nombre y representación del municipio de Cadrete, con CIF ...... y domicilio en ......, Cadrete (Zaragoza), en su calidad de ...... del Ayuntamiento de dicha localidad, especialmente facultado para este acto por acuerdo de ...... B) El resto de comparecientes en su propio nombre y derecho, reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio urbanístico de gestión a cuyo efecto, ...... Exponen: Primero. - El Plan General de Ordenación Urbana de Cadrete delimita, entre otras, la unidad de ejecución en suelo urbano no consolidado UE R-8, a gestionar por el sistema de compensación. Segundo. - Los comparecientes son propietarios de la práctica totalidad de las fincas incluidas en la unidad de ejecución UE R-8 y es su voluntad promover ante la Administración un programa de compensación del cual forma parte el presente convenio. Tercero. - En aplicación del artículo 160.1 b) de la Ley Urbanística de Aragón de 2009, la presente propuesta de convenio urbanístico sustituye a los tradicionales proyectos de bases de actuación y estatutos de Junta de Compensación, al promoverlo por todos los propietarios afectados por la delimitación de la UE R-8 del Plan General vigente. Cuarta. - Que a tal fin, en cumplimiento del artículo 160.1 b), en relación con el artículo 108.1 de la Ley Urbanística de Aragón, se procede a la redacción del presente Convenio Urbanístico de Gestión que hace innecesaria la constitución de la Junta de Compensación asumiendo los comparecientes las obligaciones que corresponden a ésta, de acuerdo con las siguientes, ...... Estipulaciones: Primera. - Objeto. El presente Convenio tiene como finalidad articular la asunción por parte de los firmantes de la completa responsabilidad de la urbanización de la unidad de ejecución UE R-8 del Plan General de Ordenación Urbana de Cadrete, en sustitución de la Junta de Compensación. Segunda. - Innecesariedad de Junta de Compensación. De acuerdo con lo que determina el artículo 160.1 b) de la Ley Urbanística de Aragón 3/2009, el presente convenio exime de la constitución de la Junta de Compensación, pues los firmantes del mismo representan la totalidad de la superficie del ámbito y asumen la completa responsabilidad de la urbanización de la unidad de ejecución UE R-8. Tercera. - Afección real de las fincas de resultado al cumplimiento de las cargas de urbanización. Cada finca de resultado quedará afecta al pago del saldo de la liquidación definitiva de la cuenta del Proyecto de Reparcelación en la cuota que represente sobre el total del ámbito así como al importe que le corresponda en el saldo de la cuenta provisional de la reparcelación. Cuarta.- Porcentaje de participación en las cargas de urbanización. Los comparecientes asumirán los gastos y cargas de urbanización imputables a la unidad de ejecución UE R-8 como sigue: a) Porcentajes provisionales: Hasta tanto se apruebe con carácter definitivo el Proyecto de Reparcelación, los gastos serán asumidos por la familia Gajón-Alastruey y por José Alastuey en los siguientes porcentajes: -Pascuala Alastruey: 34%. -Sonia Gajón: 8%. -Orlando Gajón: 8%. -José Alastuey: 50%. b) Porcentajes definitivos: Tras la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, los gastos serán asumidos por los propietarios de las fincas de resultado en el porcentaje que representen éstas sobre el total. En todo caso, el diez por ciento del aprovechamiento medio objeto de cesión al Ayuntamiento de Cadrete lo es libre de cargas de urbanización. c) Cuenta de liquidación definitiva: Una vez se conozcan todos los gastos imputables al desarrollo urbanístico de la unidad de ejecución UE R-8, se elaborará una cuenta de liquidación definitiva en la que se efectuarán las compensaciones y giros de cuotas o derramas complementarias que sean procedentes. Quinta.- Adopción de acuerdos. La toma de decisiones por parte de los comparecientes será proporcional a su porcentaje de participación en los gastos de urbanización. Una vez aprobado con carácter definitivo el proyecto de reparcelación las decisiones se adoptarán por mayoría de cuotas teniendo en cuenta las adjudicaciones que se hayan efectuado en dicho instrumento de equidistribución. Sexta. - Notificaciones a practicar por el Ayuntamiento de Cadrete. Con el fin de simplificar la gestión, los propietarios hoy comparecientes dan la conformidad a que el Ayuntamiento de Cadrete practique las notificaciones requeridas en las personas de Orlando Gajón Alastruey y José Alastuey Alcañiz, en las direcciones postales reseñadas en este documento mientras no se comuniquen otras distintas. Esta estipulación no es transmisible a terceros por tener carácter personal. Séptima. - Transmisión de las fincas y subrogación del adquirente en los presentes compromisos. La transmisión de las fincas no modifica la situación del titular respecto de los derechos y deberes de naturaleza urbanística. El nuevo titular queda subrogado en los derechos y deberes del anterior propietario, así como en las obligaciones asumidas por éste frente al Ayuntamiento de Cadrete, debiendo hacerse constar expresamente en el documento público de transmisión. Octava. - Vigencia. El presente convenio regulará las obligaciones de los comparecientes hasta la completa urbanización de la unidad de ejecución UE R-8, así como hasta la recepción municipal de las obras y la finalización del plazo de garantía. Las obras de urbanización se ejecutarán en el plazo que fije el proyecto de urbanización y, en todo caso, antes de los cinco años desde su inicio. El anteproyecto de urbanización ha cuantificado provisionalmente las obras a realizar en 102.170,22 euros. En caso de incumplimiento se estará a lo que dispone la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón. Novena. - Colaboración municipal. El Ayuntamiento de Cadrete se compromete ante los propietarios a prestarles toda su colaboración en cuantas gestiones y tramitaciones administrativas deben cumplimentarse por la propiedad ante otras Administraciones públicas, registros públicos o empresas suministradoras. Décima. - Registro público de convenios urbanísticos. El presente convenio se presentará para su inscripción en el Registro Público de Convenios Urbanísticos dependiente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Undécima. - Naturaleza del presente convenio. El presente convenio tiene naturaleza administrativa al redactarse al amparo de la legislación urbanística. Su correcta interpretación y cumplimiento corresponde fiscalizarlos a los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo. Y para que así conste y surta los efectos convenidos, las partes lo suscriben por triplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.