Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal a Evelise Paula de ...

Publicado el 13/04/2012 (Nº 83)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. AREA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, EQUIPAMIENTOS Y VIVIENDA SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DE LA GERENCIA DE URBANISMO
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Texto completo:

Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal a Evelise Paula de Assis y José Manuel Larena, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58.1 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente se les pone de manifiesto que el coordinador general del Area de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda y gerente de Urbanismo, con fecha 23 de febrero de 2012 y en expediente 26.906/2012, resolvió lo siguiente: Primero. - Requerir a Evelise Paula de Assis y José Manuel Larena para que en plazo de dos meses a partir de la recepción de esta resolución soliciten licencia para transformación de almacén en vivienda en calle Volcanes, número 10, toda vez que resulta acreditada la realización de dichos actos de edificación o uso del suelo careciendo de la preceptiva licencia u orden de ejecución o, en su caso, excediéndose de lo autorizado en aquellas. Si han sido realizadas obras que exceden de lo autorizado en la licencia u orden de ejecución, la licencia que se solicite deberá comprender únicamente las obras realizadas en exceso. Segundo. - Advertir al interesado que la infracción urbanística cometida será sancionada, previa instrucción del correspondiente procedimiento sancionador, de la forma siguiente: Si no se solicita la licencia requerida, multa de 6.000 euros, si se trata de obras mayores u ocupación de edificio, o 600 euros si se trata de obras menores. Si se solicita la licencia requerida, multa del 3% del presupuesto de contrata que figure en la solicitud de licencia, salvo que la licencia sea denegada, en cuyo caso la multa ascenderá hasta el 5% de dicho presupuesto. En todo caso, la multa no podrá ser inferior a 600 euros. Tercero. - Dar traslado de la presente resolución al denunciado y al denunciante. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación. Previamente, y con carácter potestativo, se puede interponer recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el presente acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que el Ayuntamiento haya notificado resolución expresa se entenderá aquel desestimado por silencio administrativo, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición. Todo ello sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se estime conveniente a su derecho. Zaragoza, 24 de febrero de 2012. - El secretario general, P.D.: El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Angel Sierra Acín.