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El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión de 30 de marzo, ha aprobado provisionalmente ...

Publicado el 13/04/2012 (Nº 83)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: ESCATRON

Texto completo:

El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión de 30 de marzo, ha aprobado provisionalmente el padrón correspondiente al segundo semestre del año 2011 de la tasa por suministro de agua potable y canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón por el mismo período. El padrón se somete a información pública durante quince días a partir de esta publicación. En caso de que no se presenten reclamaciones el acuerdo se entenderá aprobado con carácter definitivo. El cobro de recibos se realizará en período voluntario del 15 de mayo al 30 de junio, para los no domiciliados, en las oficinas del Ayuntamiento (de 11:00 horas a 13:00 horas), y los domiciliados se cargarán en las respectivas cuentas el 18 de junio. Transcurrido el período voluntario sin que se haya efectuado el pago, las deudas serán exigidas por procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses y, en su caso, las costas que produzcan. Recursos: Tasa por suministro de agua potable: -Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y restantes ingresos de derecho público de las entidades locales solo podrá interponerse el recurso de reposición ante el órgano competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Canon de saneamiento: -Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago. -Reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago o, en su caso, al de la notificación expresa y presunta de la resolución del recurso previo de reposición. No podrá simultanearse la interposición del recurso y la reclamación económico-administrativa. Escatrón, 2 de abril de 2012. - La alcaldesa, María Carmen Aguerri Puel.