Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Cédula de notificación

Publicado el 04/08/2010 (Nº 177)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 3

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Raquel Cervero Pinilla, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 556/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Eugen Mosescu contra la empresa Autoexpansión, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por Eugen Mosescu contra Autoexpansión, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido operado por la empresa demandada en 27 de abril de 2010, y debo condenar y condeno a la citada empresa a que en plazo de cinco días a contar desde la notificación de sentencia opte entre la readmisión del trabajador en su anterior puesto de trabajo o por la indemnización en la cantidad de 976,72 euros, y en todo caso al abono de los salarios de tramitación, a razón de 43,41 euros/día desde la fecha del despido (27 de abril de 2010) hasta la notificación de la sentencia. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta de Banesto, a nombre de este Juzgado, con el número 4915000065 556/2010, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Autoexpansión, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a diecinueve de julio de dos mil diez. - La secretaria judicial, Raquel Cervero Pinilla.