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Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 ...

Publicado el 16/05/2012 (Nº 109)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 2

Texto completo:

Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 63/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José María Montorio Miguel contra la empresa Cámping Porc, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyos encabezamiento y parte dispositiva dicen: «Decreto. - Secretaria judicial doña Pilar Zapata Camacho. - En Zaragoza, a 26 de abril de 2012. Parte dispositiva: Acuerdo: a) Declarar a la ejecutada Cámping Porc, S.L., en situación de insolvencia total, por importe de 12.656,45 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos último estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta de Banesto 4914000064006312, debiendo indicar en el campo "concepto" la indicación "recurso", seguida del código "31 Social-Revisión de las resoluciones del secretario judicial". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de las resoluciones del secretario judicial". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formado dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los órganos autónomos dependiente de ellos. El/la secretario/a judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Cámping Porc, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a veintiséis de abril de dos mil doce. - La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.