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Por resolución de Alcaldía de fecha 3 de mayo de 2012 se han aprobado los siguientes ...

Publicado el 16/05/2012 (Nº 109)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA

Texto completo:

Por resolución de Alcaldía de fecha 3 de mayo de 2012 se han aprobado los siguientes padrones fiscales: Tasa por suministro de agua del primer trimestre de 2012. Canon de saneamiento del primer trimestre de 2012. Tasa por alcantarillado del primer trimestre de 2012. Dichos padrones se exponen al público por un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de inserción de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estarán a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Contra el acto administrativo de aprobación de los padrones y liquidaciones tributarias en los mismos incorporadas caben los siguientes recursos: Tasas municipales por prestación de los servicios de suministro de agua potable, alcantarillado y recogida de basura: -Recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, el cual deberá entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposición sin que se haya notificado su resolución expresa. En tal caso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que el recurso de reposición haya de entenderse desestimado de forma presunta. Canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón: -Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, el cual deberá entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposición sin que se haya notificado su resolución expresa. -Reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago o, en su caso, a contar desde el día siguiente a aquel en que el recurso de reposición referido en el punto anterior haya de entenderse desestimado de forma presunta. No podrá simultanearse en ningún caso la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa. El plazo de ingreso en período voluntario de dicho tributo se extenderá desde el 14 de junio al 14 de agosto de 2012, pudiendo efectuarse el pago por domiciliación bancaria o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento en cualquier entidad financiera de la localidad. Transcurrido el período voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los términos legalmente previstos. La Almunia de Doña Godina, 3 de mayo de 2012. - El alcalde, Victoriano Herraiz Franco.