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Debiendo proveerse en este municipio el cargo de juez de paz sustituto, y de conformidad ...

Publicado el 27/01/2020 (Nº 21)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE LA RIBERA

Texto completo:

Debiendo proveerse en este municipio el cargo de juez de paz sustituto, y de conformidad con lo establece el artículo 5.2 del reglamento núm. 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, se abre un plazo de quince días naturales para que puedan presentar solicitudes ante este Ayuntamiento aquellas personas a las que les interese su nombramiento y que reúnan las condiciones siguientes: 1. Ser español y mayor de edad. 2. No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad: -Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial. -Estar condenado por delito doloso mientras no haya obtenido la rehabilitación. -Estar procesado o inculpado por delito doloso, en tanto no sea absuelto o se dicte acto de sobreseimiento. -No estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles. 3. No hallarse incurso en las siguientes causas de incompatibilidad: -Ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del poder judicial. -Ejercicio de cualquier otro cargo de elección popular o de designación política. -Ejercer la abogacía o la procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico. Paracuellos de la Ribera, 22 de enero de 2020. - El alcalde, Francisco Javier Solanas Burbano.