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No habiéndose podido realizar las notificaciones correspondientes a las personas ...

Publicado el 27/04/2011 (Nº 93)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. AREA DE ALCALDÍA. OFICINA DE TRÁFICO DE LA POLICÍA LOCAL

Texto completo:

No habiéndose podido realizar las notificaciones correspondientes a las personas que figuran en la relación anexa, se publica el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para hacerles saber que en los expedientes que se detallan se ha dictado resolución por la que el teniente de alcalde delegado de Policía Local, por delegación de la potestad sancionadora (BOPZ núm. 24, de 31 de enero de 2009), en uso de las facultades que le confiere el artículo 81 del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, acuerda: 1.º Estimar que los hechos denunciados constituyen las infracciones que en cada uno de ellos se determina, y que, de las mismas, son responsables en concepto de autores las personas que aparecen como tales en la misma relación. 2.º Imponer a las citadas personas las sanciones de multa que en cada expediente se mencionan. 3.º Las infracciones en las que constan número de puntos están recogidas entre las que detraen puntos de su autorización administrativa para conducir (anexo II del Real Decreto legislativo 339/1990). Los puntos indicados se detraerán del permiso o licencia para conducir cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en Internet, en la dirección www.dgt.es. La resolución sancionadora pone fin a la vía administrativa y la sanción será ejecutable desde el día siguiente a aquel en que se notifique (art. 82.1 del Real Decreto legislativo 339/1990). Contra la resolución detallada puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el improrrogable término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente en el BOPZ, conforme al artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante el teniente de alcalde delegado de Policía Local, de acuerdo con la competencia delegada del alcalde, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación (art. 82.2 del Real Decreto legislativo 339/1990). Todo ello sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere más conveniente a su derecho. Zaragoza, 8 de abril de 2011. - El secretario general. ANEXO Relación que se cita Nombre Matrícula Art. infr. Sanción Euros Clas. N.º expte. ALCAIDE SANAHUJA JOSE 8420CYZ 091-2G-001 200,00 G 100.367112-6